2018-04-02

Empresa de telefonía tendrá que pagarle 75 mil pesos por una falla en un aparato

La Cámara de Apelaciones de Cipolletti rechazó el recurso de AMX Argentina S.A. (Claro) y confirmó la multa impuesta por la Dirección de Comercio de Río Negro por incumplimiento de acuerdos conciliatorios con un cliente.

Cipolletti.– La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de Cipolletti confirmó una multa de 75.000 pesos impuesta a la empresa AMX Argentina S.A., operadora de telefonía móvil Claro, por incumplimiento de acuerdos conciliatorios con un usuario de la ciudad.

El caso comenzó cuando un cliente denunció ante la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) que el equipo celular que había comprado dejó de funcionar a pocos días sin daño externo, y que la empresa se negó a repararlo o cambiarlo. Además, reportó cobros excesivos por uso de Internet y la incorporación no solicitada de servicios adicionales en su factura.

Tras un acuerdo conciliatorio homologado por el Intendente Municipal en septiembre de 2010, se detectaron nuevos incumplimientos: la empresa agregó sin autorización servicios extras en varias líneas del usuario, facturándolos y cobrándolos. A pesar de otro acuerdo homologado para resolver esta situación, Claro no realizó los reintegros correspondientes.

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La Dirección de Comercio e Industria de Río Negro aplicó la multa de 75.000 pesos y ordenó la publicación del fallo en el diario de mayor circulación provincial. La empresa apeló esta decisión, pero la Cámara Civil de Cipolletti rechazó el recurso argumentando que las multas deben ser severas para prevenir reiterados incumplimientos y garantizar la protección del consumidor.

El tribunal, integrado por los jueces Marcelo Gutiérrez, Emilce Álvarez y Luis Méndez, destacó la reincidencia de la empresa en la inobservancia de acuerdos y la importancia de sanciones efectivas para modificar conductas comerciales inapropiadas.

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La empresa aún puede presentar recurso de casación ante el Superior Tribunal de Justicia, por lo que la sentencia no es definitiva.

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