Incumplimiento
Pusieron un contestador automático en la línea de reclamos y deberán pagar dos multas de 10 mil
Cipolletti.- El Juzgado de Paz de Cipolletti condenó a Telefónica Argentina S.A. a indemnizar con $10.000 a dos clientes por la interrupción injustificada de su servicio telefónico. Los afectados denunciaron que, a pesar de tener las facturas pagas, la empresa suspendió la línea por un mes, sin brindar solución ni permitir contacto con un técnico a través de su sistema de atención.
Telefónica argumentó que factores climáticos habían afectado el tendido de cables, pero no pudo respaldar esta versión durante el proceso judicial. De hecho, los testigos aseguraron que no hubo temporales en los días previos a la interrupción.
La jueza de paz Gabriela Lapuente determinó que la interrupción del servicio constituyó un incumplimiento de la normativa vigente, específicamente el Reglamento General de Clientes del Servicio Básico Telefónico (RGCSBT) y la Ley de Defensa del Consumidor 24.240.
Además, al imponer una multa civil (daño punitivo), Lapuente destacó la necesidad de considerar la gravedad de los perjuicios sociales derivados de la infracción y el efecto disuasivo que busca generar la sanción. “Las empresas deben comenzar a atender los reclamos de los consumidores de manera adecuada y oportuna”, subrayó.
Este fallo busca sentar un precedente y advertir sobre la importancia de garantizar el cumplimiento de los derechos de los usuarios ante los servicios esenciales.