2022-07-29

La lista de la oposición quedó afuera de las elecciones de CALF

Neuquén.- Finalmente se conoció que la jueza María Reynals no dio lugar al pedido de medida cautelar que habia presentado esta semana por la lista Azul Rojo Bordó.
La asamblea se debía realizar el próximo domingo. CALF debía elegir el domingo con los 92 delegados que ya fueron proclamados, en elección se definía las nuevas autoridades del Consejo de Administración de la cooperativa.
Además, se debía aprobar la memoria y balance. La Fiscalía contestó solicitando el rechazo de la medida con imposición de costas a los solicitantes. Argumentaron la improcedencia de la medida cautelar en que no están dados los presupuestos para su procedencia. Manifestó que"por medio del Acta 2222/22 el Consejo de Adm. oficializó la lista de delegados y al haber una sola lista oficializada, no se realizará el acto eleccionario fijado para el día 31/7/2022.
Por otra parte, que tampoco se convocó a la Asamblea Ordinaria en la que los delegados de lista oficializada deberán elegir las autoridades de la Cooperativa y tratar el ejercicio contable anual"
"No existe ninguna razón de urgencia que justifique la excepcional vía del amparo ni el dictado de la cautela pretendida", expresaron. Reiteraron que el peligro invocado por los amparistas no existe pues no habrá acto eleccionario ni asamblea de delegados el día 31/7/2022. Concluyeron que "por no existir urgencia, ni peligro alguno y haber otra vía más idónea y específicamente prevista por el ordenamiento legal, corresponde rechazar la medida cautelar pretendida y oportunamente declarar la inadmisibilidad del amparo, con costas"
Por otro lado, explicaron que, al vencimiento del plazo para la presentación de listas, la Lista Rojo-Azul-Bordo "fue presentada en forma incompleta ya que no fue cubierto el total de los cargos para todos los distritos. Dice que la falta de integrantes de la lista fue certificada por el Escribano Eymann. Y considera que conforme lo prescripto por el Art. 54 del Estatuto correspondía la no oficialización"
Oídas ambas partes la jueza consideró que "no se encuentran reunidos los recaudos necesarios para la concesión de la medida cautelar solicitada; por lo tanto, debe ser desestimada sin que ello signifique anticipo de una opinión sobre el fondo de la cuestión planteada. En cuanto a las costas por esta incidencia, se imponen a los peticionarios en su condición de parte vencida y regula honorarios de los profesionales intervinientes"

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