2022-10-12

¿Que dice el artículo citado de la Carta Orgánica del MPN?

Durante la inauguración del nuevo hospital en San Martín de los Andes, el exgobernador Jorge Sapag explicó que el apartamiento del diputado Rolando Figueroa se debe a las reglas del Movimiento Popular Neuquino (MPN), establecidas en la reciente reforma de la Carta Orgánica.

En la inauguración del nuevo hospital de San Martín de los Andes, Jorge Sapag, exmandatario y actual presidente de la Convención del MPN, abordó el tema de la exclusión del diputado Rolando Figueroa del partido. “La reforma de la Carta Orgánica del año pasado establece que quienes son candidatos de otros partidos quedan excluidos del MPN”, afirmó Sapag, subrayando que Figueroa “no fue expulsado del partido, sino que es algo que sucede de forma automática tras la reforma”.

Detalles de la reforma

Sapag se refirió específicamente al artículo de la Carta Orgánica que estipula que “quienes hayan participado en elecciones como precandidatos y/o candidatos en otros partidos políticos o alianzas electorales, no podrán ser precandidatos y/o candidatos por el Movimiento Popular Neuquino para las categorías de Gobernador, Vicegobernador, Diputado Provincial, Intendentes y Viceintendente, salvo autorización de la Honorable Convención Provincial por acto escrito, previo, fundado y aprobado con una mayoría de 2/3 de los votos”.

Te puede interesar