2022-12-28

Taylor presentó un recurso de amparo ante la Justicia Federal contra el PRO

Neuquén.- El pre candidato del PRO, Jorge Taylor, presentó en la jornada de hoy un recurso de amparo en la Justicia Federal contra el PRO. Es por el caso se han violentado gravemente derechos constitucionales.
De acuerdo a la ley provincial 1981 el proceso de amparo regido por esa normativa se corresponde con la impugnación de actos u omisiones de autoridades públicas; la misma ley define a la autoridad pública en el artículo 2.
En autos la acción se interpone contra un partido político en su nivel local, con lo cual se podría decir que no es una autoridad pública al no encuadrar específicamente en las previsiones del artículo 2 de la ley 1981.
Más todavía cuando la ley 716 en su artículo 2 establece que los partidos políticos son personas del derecho privado.
No obstante ello, para decidir la situación debe considerarse lo que posteriormente a esa ley local ha señalado la Corte Suprema de Justicia en el precedente ‘Ríos’ (Fallos 310:819) en el sentido de que los partidos politicos son personas de derecho pu?blico no estatal, necesarios para el desenvolvimiento de la democracia representativa y, por tanto, instrumentos de gobierno cuya institucionalizacio?n genera vi ?nculos y efectos juri ?dicos entre los miembros del partido, entre e?stos y el partido en su relacio?n con el cuerpo electoral y la estructura del Estado.
Pero si aún así se considerase que por la ley provincial 716 el caso no encuadra dentro de la normativa de la ley provincial 1981 porque el partido político no puede ser considerado ‘autoridad pública’, igualmente no puede considerarse comoimproponible el amparo judicial que peticionamos; lo único que cambia en todo caso es el procedimiento a imprimirse a la acción, pues en vez de aquella ley específica
número 1981, será aplicable al trámite la ley procesal común (ley provincial 912) cuyo artículo 322 inciso 1 prevé el proceso sumarísimo para las acciones de amparo que no se interponen contra autoridades públicas.
Es que el amparo como garantía y como acción es mucho más amplio que la regulación legal de la ley provincial 1981; el amparo judicial tiene fundamento constitucional; y tanto en la constitución nacional como en la provincial, la misma procede contra actos u omisiones de manifiesta arbitrariedad que afectan derechos de naturaleza constitucional.

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