Acción judicial por la Casa de la Familia Rosa
Neuquén.- La Defensoría del Pueblo presentó una acción de amparo contra la Municipalidad de Neuquén y contra la titular de la Casa de la Familia Rosa, ante el estado de abandono, desprotección y riego de derrumbe del edificio ubicado en Richieri 177 de la ciudad, sobre la que obra una declaración de edificio de interés histórico municipal. En ese marco, pidió una medida cautelar para que se ordene a las demandadas a ejecutar acciones tendientes a evitar nuevos derrumbes y a extremar medidas de vigilancia y seguridad permanentes en el sector. Paralelamente, el defensor inicio una actuación de oficio para el contralor de la totalidad del patrimonio histórico de la ciudad.
El defensor del pueblo de la Ciudad de Neuquén, Ricardo Riva, presentó esta mañana una acción de amparo ambiental contra la Municipalidad de Neuquén y contra la señora Irma Alejandra Rosa, en su carácter de titular dominial del inmueble conocido como “Casa de la Familia Rosa”, en el marco de la reciente demolición de una parte significativa de la histórica casa. La medida judicial se funda en la Declaración 031/1991 mediante la que el Concejo Deliberante local dispuso el interés histórico municipal del edificio.
En su presentación, Riva hizo un relato de los hechos tras el aviso de los vecinos del barrio Belgrano en enero de este año, ante la demolición de la Casa de la Familia Rosa. Explicó que inmediatamente emitió la Resolución 16/2023 mediante la que realizó un detallado pedido de informes al Intendente municipal y al Concejo Deliberante en virtud del carácter de interés histórico del inmueble; y recomendó que se disponga la prohibición de innovar sobre la propiedad por un plazo de 90 días, a excepción de medidas urgentes de preservación. En la oportunidad, pidió también información sobre la conformación y acciones de la Comisión de Rescate y Preservación del Patrimonio Cultural, Histórico, Arquitectónico, Urbanístico y Natural de la Ciudad de Neuquén para la preservación del lugar.
Entre los antecedentes, se detalla la respuesta del Concejo Deliberante que confirma la Declaración 36/1991 mediante la que se establece la “necesidad de preservar” aquellos edificios por sus características edilicias, históricas y culturales, entre las que se encuentra la propiedad de calle Richieri 177. De igual modo, explica que hasta el momento no se recibió respuesta del Órgano Ejecutivo Municipal. Explica también gestiones con el Tribunal de Faltas interviniente; con la Junta de Estudios Históricos del Neuquén; y con la propietaria del inmueble, quien indicó las gestiones realizadas ante el municipio para advertir el estado del bien. En el mismo sentido, el defensor puntualizó sobre el pedido que la propietaria elevó al Concejo Deliberante para desafectar en carácter de valor histórico y que devino en la Declaración 19/2022 mediante la que el órgano Legislativo pide al Ejecutivo informe respecto de la factibilidad de la pretensión. El devenir de los acontecimientos permite entrever la ausencia de una política pública municipal garante del patrimonio histórico cultural de la ciudad y del derecho colectivo de consolidar la identidad de la ciudad.
Para completar el escrito, Riva acompañó con la norma legal de protección del patrimonio histórico y cultural de la ciudad y de los derechos de incidencia colectiva.
Entre sus peticiones, el organismo que conduce Ricardo Riva solicitó que se condene a la Municipalidad a adoptar una efectiva política protectoria y garante del patrimonio histórico cultural de la ciudad y, fundamentalmente en relación con la Casa de la Familia Rosa. En ese sentido, pidió que se garanticen medidas de seguridad y conservación de este edificio y del predio en el que se emplaza, y que se identifique un plan de restauración del inmueble. Paralelamente, y en el marco de la declaración de interés histórico del año ’91, Riva pidió información respecto del presupuesto destinado a esta propiedad, tanto del municipio como del Fondo Especial para la Preservación del Patrimonio Cultural, Histórico, Arquitectónico, Urbanístico y Natural de la Ciudad, según lo normado en la Ordenanza 7972.
Por otro lado, la Defensoría del Pueblo demandó a la titular dominial de la propiedad a tomar también medidas de seguridad y conservación del edificio y del predio, en especial aquellas destinadas a prevenir derrumbes y mayores deterioros. De igual modo, pidió que se le ordene a abstenerse de continuar dañando la propiedad y a dar cumplimiento a la Ordenanza 7972, en lo que respecta a pedido de autorizaciones y directrices técnicas a la Comisión de Rescate sobre lo que allí pretenda realizar.