Cuáles son los productos importados de la canasta básica que no pagarán el impuesto País
El Ministerio de Economía determinó los productos de la canasta básica que quedan exentos del Impuesto País aplicado a la compra de divisas para la importación de bienes y servicios. Esta medida fue establecida mediante la resolución 1183/2023 de la Secretaría de Comercio, publicada en el Boletín Oficial. El listado incluye 66 productos, tales como panificados, carnes, lácteos, frutas, verduras y bebidas, entre otros.
Ampliación del Impuesto País: detalles y excepciones
La ampliación del Impuesto País fue definida el lunes pasado a través del decreto 377/2023. La AFIP reglamentó el decreto al día siguiente, estableciendo una tasa del 25% para la compra de divisas destinadas a la importación de servicios, con ciertas excepciones como fletes (7,5%), conciertos (30%) y servicios de salud y educación (exentos).
En cuanto a los bienes, la tasa general para la compra de divisas es del 7,5%, exceptuando productos suntuarios (30%), combustibles, insumos para energía, productos de la Canasta Básica Alimentaria (CBA) y medicamentos, que permanecen sin impuestos.
Listado de productos exentos
El listado de productos exentos incluye alimentos esenciales como pan francés, galletitas, arroz, fideos, azúcar, frutas, verduras, carnes, lácteos, aceites y bebidas. Estos productos podrán importarse sin el gravamen adicional sobre la compra de divisas, permitiendo así su acceso sin costos impositivos adicionales.