La Cámara Nacional del Trabajo confirmó la suspensión del decreto que limitaba el derecho a huelga
La Cámara Nacional del Trabajo ratificó este lunes la suspensión del decreto presidencial de Javier Milei que restringía el derecho a huelga, en respuesta a la acción judicial presentada por la Confederación General del Trabajo (CGT).
El tribunal integrado por las juezas Silvia Pinto Varela y Héctor Guisado rechazó la apelación del Gobierno, que a través de la Secretaría de Trabajo alegó la incompetencia de la Justicia laboral para intervenir en la causa. En cambio, la Cámara sostuvo que el Ejecutivo no puede modificar leyes que corresponden debatirse en el Congreso, y recordó que al momento de dictarse el decreto el Parlamento estaba en funciones.
El decreto había ampliado el listado de actividades esenciales con la obligación de mantener entre un 50% y 75% del servicio en caso de huelga, afectando así el derecho a la protesta sindical.
“Los conflictos colectivos que pudieren afectar la normal prestación de servicios esenciales o actividades de importancia trascendental quedan sujetos a las siguientes garantías de prestación de servicios mínimos”, establecía el artículo 3 del decreto.
La Justicia laboral ya había suspendido la vigencia del decreto el viernes pasado, luego de un amparo presentado por los sindicatos. La Cámara ahora confirmó esa medida hasta que se dicte la sentencia definitiva.
Este fallo representa un respaldo judicial clave para los sindicatos y para el derecho a huelga en un contexto de fuerte tensión entre el Gobierno de Milei y los trabajadores.