2025-07-12

La Corte cerró un juicio de 19 años por la paternidad de Sandro

El máximo tribunal rechazó el reclamo de Sandra Borda, quien aseguraba ser hija biológica del cantante. Dos estudios de ADN confirmaron que no existía vínculo. Olga Garaventa, su esposa, queda ratificada como única heredera.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación puso fin a un extenso juicio por la supuesta paternidad de Roberto Sánchez, más conocido como Sandro, al declarar inadmisible el último recurso presentado por Sandra Edit Borda, quien afirmaba ser su hija biológica. De este modo, y tras 19 años de litigio, el ídolo de la música popular argentina queda confirmado como sin descendencia reconocida, y su viuda Olga Garaventa mantiene su condición de única heredera legal.

Lee también: YPF: Loretta Preska definirá este lunes si suspende la entrega de acciones solicitada por Argentina

La causa se remonta al año 2006, cuando Borda declaró que, poco antes de la muerte de su madre, ésta le habría confesado que su verdadero padre era el cantante. En 2007 se realizó un primer examen de ADN de forma extrajudicial, cuyo resultado —según informaron desde el entorno de Sandro— fue negativo.

Con el correr de los años, Borda impulsó diversas acciones judiciales: impugnó la filiación con quien la crió, Carlos Borda, y solicitó el reconocimiento de filiación contra el artista. En 2015, los restos de Sandro fueron exhumados por orden judicial para un nuevo análisis genético. El resultado volvió a ser categórico: no había vínculo biológico entre Borda y el cantante.

Las sucesivas instancias judiciales —primero la Justicia de Buenos Aires y luego la Suprema Corte bonaerense— rechazaron el reclamo, sosteniendo que las pruebas eran concluyentes. Finalmente, la Corte Suprema nacional, con las firmas de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, también desestimó la presentación al considerar que no se habían rebatido los fundamentos de las decisiones previas.

Lee también: Paso Cardenal Samoré y Pino Hachado habilitados, pero con extrema precaución por hielo y baja adherencia

“El estudio de ADN no fue cuestionado con argumentos válidos ni se probó arbitrariedad en las sentencias anteriores”, resumieron los jueces al aplicar el artículo 280 del Código Procesal, que permite rechazar recursos sin expresar fundamentos.

Así, el expediente judicial más largo sobre la supuesta paternidad de Sandro llegó a su fin. El cantante, fallecido en enero de 2010, no dejó descendencia reconocida, y el patrimonio vinculado a su figura artística continúa bajo la administración de Olga Garaventa, su última esposa.

Temas de esta nota
Te puede interesar