Violencia digital en Neuquén
Un juez ordenó eliminar videos íntimos difundidos sin consentimiento
Un fallo judicial en Neuquén ordenó a las plataformas Telegram y WhatsApp (META) eliminar videos íntimos de una mujer que habían sido difundidos en grupos de mensajería sin su autorización.
El contenido había sido compartido por un hombre con quien la víctima había mantenido una relación.
La resolución, a cargo del juez Speroni, también dispuso que las empresas preserven los datos para identificar a los responsables y remitió el caso a la Fiscalía, con el fin de ampliar la investigación sobre grupos en los que se comparten imágenes y videos de mujeres neuquinas sin consentimiento.
“No puede soslayarse la gravedad que reviste la existencia de estos grupos, que eran en desmedro de la dignidad de mujeres neuquinas cuya intimidad se ve expuesta de manera no autorizada”, señaló el magistrado.
El fallo se basa en la Ley Olimpia (27.736), que reconoce la violencia digital como una forma de violencia de género y establece mecanismos de protección y sanción.
Dónde denunciar:
Línea 137: en casos que involucren a menores de edad.
También pueden realizarse denuncias en la Fiscalía o en organismos de atención a víctimas de violencia de género.