2025-10-03

Una aseguradora deberá indemnizar a un camionero por daño físico causado por su trabajo

La Cámara de Apelaciones ratificó un fallo que reconoce la incapacidad física de un chofer de 33 años, cuya columna presenta un desgaste equivalente al de una persona de 60. El tribunal estableció un nexo causal entre las tareas de conducción y la dolencia.

La Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Neuquén, integrada por los magistrados Patricia Clérici y Pablo Furlotti, confirmó una sentencia de primera instancia que obliga a una aseguradora de riesgos del trabajo a indemnizar a un camionero de 33 años por la incapacidad física derivada de su labor.

Según la pericia médica, tras 13 años al volante de camiones de gran porte, el trabajador presenta una columna vertebral con el desgaste de una persona de 60 años, situación atribuida a factores externos como vibraciones de cuerpo entero, posiciones forzadas y movimientos repetitivos.

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En el fallo, los camaristas señalaron que existe un nexo causal evidente entre las secuelas y las tareas realizadas, que incluyeron el traslado de cargas peligrosas por caminos de piedra en yacimientos, sometiéndolo a condiciones extremas.

La aseguradora intentó revertir la sentencia argumentando que los choferes actuales no están expuestos a vibraciones debido al tipo de butacas. Sin embargo, el tribunal rechazó esa postura por falta de pruebas sobre las condiciones reales de los vehículos utilizados por el actor.

En primera instancia, la jueza laboral Sheila Lischinsky había establecido que esas tareas aceleraron un proceso degenerativo propio de la edad, agravando el estado físico del camionero. Además, consideró que el trabajador padece una afectación psicológica derivada de su condición física, lo que reforzó la decisión de fijar una indemnización integral.

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