Le suspendieron la licencia de conducir por no pagar la cuota alimentaria
Un hombre de Roca que no cumplió con el depósito de la cuota alimentaria en tiempo y forma solicitó la revisión de las medidas dictadas por el fuero de Familia, que incluyeron la suspensión de su licencia de conducir y la inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios. Además, se ordenó el libramiento de un oficio a su empleador para retener directamente la suma correspondiente.
La Sala I de la Cámara Civil de Roca rechazó el recurso de revocatoria y confirmó las medidas adoptadas en primera instancia. El tribunal verificó que el hombre solo presentó constancias de dos pagos, ambos menores y fuera de término, y que los depósitos se realizaron a través de Mercado Pago en lugar de la cuenta judicial establecida en el acuerdo original. El último pago válido registrado en esa cuenta databa de enero de 2024.
El apelante argumentó que la resolución carecía de una liquidación precisa de la deuda, que había efectuado pagos y que las medidas eran desproporcionadas. También denunció una supuesta violación a su derecho de defensa.
Sin embargo, la Cámara consideró insuficientes los argumentos del demandado y recordó que había sido previamente intimado a regularizar su situación, sin ofrecer una respuesta satisfactoria. Además, no acreditó ingresos ni explicó su situación laboral, lo cual reforzó la decisión judicial.
En su fallo, el tribunal sostuvo que las medidas adoptadas eran proporcionales y adecuadas para garantizar el derecho alimentario del niño, considerado un derecho humano fundamental.