Reforma judicial histórica
Cuáles son los principales cambios del nuevo Código Procesal Civil Adversarial de Neuquén
Se trata de una reforma integral del sistema de justicia civil, que reemplaza al régimen vigente desde 1975 y apunta a lograr procesos más ágiles, modernos, accesibles y transparentes.
La iniciativa fue impulsada de manera conjunta por las máximas autoridades de los tres Poderes del Estado: el gobernador Rolando Figueroa, la vicepresidenta 1ª a cargo de la Legislatura, Zulma Reina, y el presidente del Tribunal Superior de Justicia, Gustavo Mazieres.
Una reforma consensuada y participativa
El nuevo Código es el resultado de ocho meses de trabajo de la Comisión Interpoderes, que llevó adelante un proceso participativo con la intervención de magistrados, abogados, universidades y ciudadanía, recorriendo las siete regiones de la provincia. El desarrollo técnico contó con el asesoramiento del jurista Gustavo Calvinho.
El CPCA establece reglas claras y previsibles, fomenta los acuerdos prejudiciales y reduce la cantidad de causas que deben resolverse mediante juicios ordinarios, fortaleciendo la seguridad jurídica.
Un modelo adversarial con roles definidos
El cambio estructural más relevante es la adopción del modelo adversarial. En este esquema, las partes son protagonistas exclusivas del proceso: impulsan la acción, afirman los hechos y presentan las pruebas.
El juez o jueza actúa como un tercero imparcial e independiente, garantizando la igualdad de las partes y el derecho de defensa. No puede introducir pruebas ni modificar el objeto del litigio. El principio es claro: las partes litigan y los jueces resuelven.
Justicia digital y notificaciones electrónicas
El nuevo Código impulsa una digitalización integral del proceso judicial. Todas las presentaciones y resoluciones conformarán una Actuación Digital Única, aunque se mantiene la posibilidad de escritos en papel para no excluir a quienes no tengan acceso tecnológico.
Será obligatorio constituir domicilio electrónico en la primera presentación, donde se practicarán casi todas las notificaciones. La notificación digital pasa a ser la regla general, reemplazando el sistema de “días de nota”.
Además, los edictos serán gratuitos y se publicarán en la web del Poder Judicial y en redes oficiales. Los documentos digitales, como correos electrónicos, mensajes de WhatsApp y publicaciones en redes sociales, tendrán pleno valor probatorio.
Procesos orales y concentrados
Los juicios ordinarios se desarrollarán mediante una audiencia preliminar —orientada a la conciliación, saneamiento y admisión de pruebas— y una audiencia de juicio, donde se producirán las pruebas y los alegatos, exclusivamente de forma oral.
En tanto, los juicios sumarísimos seguirán siendo mayormente escritos, pero podrán incorporar audiencias si las partes y el juez lo acuerdan.
Nuevas herramientas y sanciones por mala fe
El CPCA incorpora la prohibición expresa de litigar de mala fe, sancionando conductas como falsedad de alegaciones, destrucción de pruebas o uso abusivo del proceso, con multas y pérdida de honorarios.
También habilita a abogados y abogadas a solicitar pruebas directamente a entidades públicas y privadas, sin intervención judicial, y suma el descubrimiento de pruebas, una herramienta inédita en el país que permite intercambiar evidencias antes de iniciar una demanda para favorecer acuerdos extrajudiciales.
Desalojos, subastas digitales y cobros más rápidos
El nuevo Código establece un procedimiento de desalojo rápido para casos de falta de pago o vencimiento de contrato, con una intimación extrajudicial previa.
Se habilita la subasta digital y la venta privada de bienes, reduciendo costos y tiempos para el cobro de acreencias. Además, ya no será necesario esperar a la feria judicial para cobrar dinero depositado ni para ejecutar desalojos.
Sucesiones más ágiles y arbitraje moderno
Las sucesiones serán más simples y rápidas hasta la declaratoria de herederos, con menos trámites y costos. Se prevén incentivos fiscales, como una reducción arancelaria del 50%, para promover la partición extrajudicial.
En materia de arbitraje, se adopta un régimen equivalente al nacional e internacional, aplicando la Ley Nacional 27.449, lo que brinda previsibilidad y seguridad jurídica para inversores y profesionales.
Acceso gratuito a la Justicia
Finalmente, el Código incorpora el Beneficio de Acceso Gratuito a la Justicia, que permitirá a personas sin recursos económicos acceder al sistema judicial mediante una declaración jurada, sin trámites adicionales ni demoras.
Con esta reforma, Neuquén avanza hacia un nuevo paradigma de justicia civil, más eficiente, accesible y alineado con estándares modernos.