Rechazan el pedido de un padre para dejar de pagar la cuota alimentaria pese al cuidado compartido
El fuero de Familia de Luis Beltrán rechazó la demanda de un padre que solicitó la eliminación de la cuota alimentaria que abona mensualmente a favor de sus dos hijas, equivalente al 20% de su salario. El hombre argumentó que, al regir un esquema de cuidado compartido, cada progenitor debía afrontar los gastos cuando las niñas permanecieran en su hogar.
Sin embargo, la jueza consideró que no se acreditó una modificación real y sustancial de las condiciones de vida que justificara el cese del aporte. Por el contrario, el análisis de la situación económica de ambos hogares evidenció una marcada desigualdad que podría afectar la estabilidad y el bienestar de las niñas.
La sentencia destacó que el dinero que aporta el padre resulta fundamental para cubrir necesidades básicas como salud, educación y actividades cotidianas, especialmente en el hogar donde las niñas pasan más tiempo. Los informes sociales incorporados al expediente señalaron que las hermanas eligen permanecer más días con su madre, quien asume la mayor carga de las tareas diarias.
Al fundamentar el fallo, la magistrada recordó que la obligación alimentaria surge de la ley y está directamente vinculada con el derecho de niñas y adolescentes a una vida digna. Si bien aclaró que las cuotas de alimentos no son definitivas y pueden modificarse si cambian las circunstancias, subrayó que quien solicita su reducción o eliminación debe probar una alteración sustancial en los ingresos propios, en las necesidades de las hijas o en la situación económica del otro progenitor.
De la prueba producida se desprendió que el padre percibe un salario bruto superior al de la madre, aun con los descuentos correspondientes por alimentos. La mujer también trabaja en relación de dependencia, pero con ingresos menores. El único cambio acreditado fue la firma del acuerdo de cuidado compartido, que en los hechos no implicó una redistribución equivalente de las responsabilidades económicas.
En ese contexto, el tribunal priorizó el interés superior de las niñas, su derecho a mantener el nivel de vida y a crecer con la tranquilidad de que sus necesidades estén cubiertas. Por ello, rechazó el pedido del padre y confirmó la continuidad de la cuota alimentaria sin modificaciones.