2026-05-19

Condenan a un club y a un entrenador por abuso y encubrimiento: la Justicia habló de “pacto de silencio”

La Justicia Civil de Roca condenó a un entrenador y a un club deportivo por los daños ocasionados a una exjugadora víctima de abuso sexual, en un fallo que además expone la responsabilidad institucional frente a situaciones de violencia de género dentro del ámbito deportivo.

Roca.- La sentencia ordenó una reparación económica para la víctima y apuntó contra la falta de reacción del club ante rumores y señales previas sobre conductas inapropiadas del entrenador. La jueza sostuvo que existió un “pacto de silencio” que permitió sostener al agresor en posiciones de poder.

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Según se acreditó en la causa, la joven integraba el equipo femenino de la institución y mantenía un fuerte vínculo con la actividad deportiva. El entrenador, además de ser referente del club, ocupaba un rol de autoridad sobre las jugadoras y utilizó esa posición para acercarse a la víctima bajo excusas vinculadas a entrenamientos, estrategias y actividades del equipo.

La investigación determinó que el hombre enviaba mensajes y fotografías de contenido sexual, además de convocarla a encuentros privados y pedirle que no hablara sobre lo sucedido para no perjudicar su trabajo y su lugar dentro del club.

El fallo civil se dictó luego de una condena penal firme que impuso al entrenador una pena de seis años y nueve meses de prisión efectiva por abuso sexual, agravado por el aprovechamiento de la inmadurez de la víctima y por su condición de encargado de su formación deportiva.

En la resolución, la magistrada rechazó los planteos de prescripción realizados tanto por el club como por el entrenador y consideró que la víctima no había podido exteriorizar lo ocurrido durante años debido a su situación de vulnerabilidad.

La jueza también cuestionó duramente la actitud institucional del club. Indicó que existían rumores, advertencias y antecedentes sobre conductas inapropiadas con jugadoras menores de edad que no fueron debidamente atendidos.

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Además, sostuvo que no se trató de una relación entre pares, sino de un vínculo atravesado por una fuerte desigualdad de poder, donde el entrenador utilizó su rol y autoridad dentro de la institución para generar dependencia y silencio.

El fallo incorporó además medidas de prevención y no repetición. El entrenador deberá realizar capacitaciones obligatorias sobre género y masculinidades, mientras que el club tendrá que implementar programas de formación institucional y elaborar protocolos específicos para detectar y abordar situaciones de violencia de género en el ámbito deportivo.

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