2026-06-04

Autorizan a una niña a viajar a Bolivia para visitar a su abuelo enfermo

La Justicia de Familia hizo lugar al pedido de una madre y autorizó la salida del país de su hija menor de edad, en un viaje de carácter familiar y humanitario. El padre había sido notificado por WhatsApp y no presentó oposición formal.

Una mujer de Viedma solicitó autorización judicial para viajar a Bolivia junto a su hija con el objetivo de visitar a su abuelo materno, quien atraviesa una enfermedad de gravedad. La presentación se realizó ante la falta de consentimiento formal del padre de la niña para la salida del país.

La madre explicó que tiene el cuidado personal de su hija y que el padre no mantiene contacto con ellas, además de desconocer su domicilio actual. Por ese motivo, acudió a la Justicia para obtener el permiso correspondiente que habilitara el viaje y el posterior regreso a la Argentina.

Durante el trámite, el progenitor fue notificado por WhatsApp debido a la imposibilidad de ubicar su domicilio. Según consta en el expediente, respondió manifestando su conformidad con el viaje y envió una fotografía de su documento de identidad actualizado, aunque no completó la presentación formal requerida.

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Intervención de la defensa de menores

La defensora de Menores e Incapaces intervino en el caso y no formuló objeciones. En su dictamen, consideró que impedir el viaje podría resultar restrictivo para la niña, dado el carácter familiar y humanitario de la solicitud, y destacó que se garantizó su derecho a ser oída.

En la audiencia judicial, la niña fue escuchada y manifestó que conocía los motivos del viaje, las fechas previstas y la modalidad del traslado, además de expresar su conformidad para viajar con su madre. También relató aspectos de su vida cotidiana en Viedma y la ausencia de vínculo con su padre.

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Fundamentos de la resolución

El juzgado recordó que el Código Civil y Comercial exige el consentimiento de ambos progenitores para la salida del país de hijos e hijas. Sin embargo, ante la falta de acuerdo o la imposibilidad de obtenerlo, corresponde resolver en función del interés superior del niño.

En este caso, la decisión valoró la falta de oposición del padre, la situación de salud del abuelo materno, el carácter temporal del viaje y el arraigo de la niña en Viedma, donde reside su centro de vida.

Por esas razones, la sentencia autorizó la salida del país de la menor junto a su madre, con la obligación de regresar a la Argentina dentro del período previsto.

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