2026-06-18

Ordenan afiliar en 48 horas a un niño de Cipolletti a la obra social de su padre

La Justicia de Familia hizo lugar a una medida urgente presentada por la madre de un menor que necesita atención médica. El padre deberá incorporarlo a su cobertura de salud bajo apercibimiento de sanciones económicas.

Cipolletti.- El fuero de Familia de Cipolletti ordenó a un hombre incorporar a su hijo como beneficiario de su obra social en un plazo de 48 horas, luego de que la madre del niño acudiera a la Justicia ante la falta de cobertura médica para atender un problema de salud que requiere controles y tratamiento permanentes.

La mujer presentó una medida autosatisfactiva, una herramienta judicial prevista para situaciones urgentes que no admiten demoras. En su planteo solicitó que el progenitor, trabajador en relación de dependencia y con acceso a obra social, afiliara de manera inmediata al menor para garantizar las prestaciones médicas necesarias.

Lee también: Más de 700 estudiantes prometerán lealtad a la bandera en el Ruca Che

Durante el trámite intervino la Defensoría de Menores e Incapaces. El padre fue debidamente notificado de la demanda, pero no respondió dentro del plazo establecido, por lo que el reclamo quedó sin contestación.

Al analizar el caso, la jueza consideró acreditado el vínculo filial mediante la partida de nacimiento, la existencia de cobertura médica por parte del progenitor y la necesidad de atención sanitaria del niño. Además, destacó que la medida solicitada cumplía con los requisitos de urgencia y verosimilitud del derecho invocado.

La resolución se apoyó en el principio del interés superior del niño, contemplado en la Convención sobre los Derechos del Niño, la Ley 26.061 y distintos antecedentes jurisprudenciales nacionales e internacionales.

Lee también: Habilitados los pasos Cardenal Samoré y Pino Hachado este jueves: piden circular con extrema precaución

Finalmente, la magistrada hizo lugar al pedido y dispuso que el padre concrete la afiliación en un plazo de 48 horas. También advirtió que, en caso de incumplimiento, podrán aplicarse sanciones económicas por cada día de demora.

Además, la resolución establece que, si el progenitor no cumple con la orden judicial, se oficiará directamente a la obra social para que incorpore al menor de manera inmediata, con comunicación al empleador para realizar las retenciones correspondientes.

Te puede interesar