2026-06-18

Revocan la prisión domiciliaria y ordenan que vuelva a la cárcel el condenado por el femicidio de Corina Mena

Un tribunal de impugnación hizo lugar al planteo del Ministerio Público Fiscal y de la querella, y ordenó que Jorge Octavio Linco regrese a prisión preventiva. El hombre fue declarado culpable por un jurado popular por el femicidio de Corina Mabel Mena en Junín de los Andes.

Un tribunal de impugnación revocó la prisión domiciliaria que había sido otorgada a Jorge Octavio Linco, condenado por un jurado popular por el femicidio de Corina Mabel Mena, y ordenó su inmediata detención en un establecimiento policial.

La resolución fue adoptada por unanimidad por las juezas Florencia Martini y Liliana Deiub, junto al juez Nazareno Eulogio, quienes hicieron lugar a los recursos presentados por el fiscal jefe Gastón Ávila y la querella que representa a la familia de la víctima.

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Durante la audiencia, el Ministerio Público Fiscal sostuvo que persiste el riesgo de fuga del condenado, especialmente luego de haber sido declarado responsable del femicidio y ante la posibilidad de recibir una pena de prisión perpetua. Además, cuestionó la interpretación realizada por el tribunal revisor respecto de los plazos de la prisión preventiva.

La querella acompañó el planteo y argumentó que la resolución que otorgó el arresto domiciliario carecía de fundamentos suficientes y afectaba los derechos de las víctimas, especialmente en un caso de violencia de género.

Por su parte, la defensa de Linco sostuvo que el plazo máximo de prisión preventiva ya se encontraba vencido y solicitó su libertad o, en forma subsidiaria, que se mantuviera el régimen de prisión domiciliaria con monitoreo electrónico.

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El punto central de la discusión fue la interpretación del plazo máximo de un año de prisión preventiva. Mientras un tribunal revisor había considerado que ese límite se extendía hasta la finalización completa del juicio, incluyendo la audiencia de determinación de la pena, el tribunal de impugnación coincidió con la postura de la fiscalía y concluyó que dicho plazo debe computarse únicamente hasta el veredicto de culpabilidad emitido por el jurado popular.

Con este criterio, los magistrados resolvieron dejar sin efecto la prisión domiciliaria y disponer que Linco continúe detenido mientras se desarrolla la etapa de cesura, prevista para el próximo 30 de junio, cuando se definirá la pena que deberá cumplir por el femicidio de Corina Mabel Mena en Junín de los Andes.

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