ANMAT actualizó las reglas para utensilios en contacto con alimentos
La ANMAT actualizó las condiciones que deben cumplir los materiales metálicos utilizados en envases, utensilios, tapas y equipamientos que entran en contacto con alimentos, a partir de la incorporación de modificaciones establecidas por el Mercosur al Código Alimentario Argentino.
La actualización fue incorporada mediante la Resolución Conjunta 4/2024, que adoptó en el ordenamiento argentino la Resolución GMC 16/20 y modificó el artículo 195 bis del Código Alimentario Argentino. Posteriormente, el reglamento incorporó nuevas modificaciones establecidas por la Resolución GMC 48/23.
Uno de los principales cambios está relacionado con las impurezas presentes en los materiales metálicos. La normativa establece un límite máximo conjunto del 1% para plomo, arsénico, cadmio, mercurio y antimonio.
Además, fija límites individuales. El mercurio, el plomo y el cadmio no pueden superar el 0,01%, mientras que el límite establecido para el arsénico es de 0,030%.
La actualización también modifica el listado de aceros inoxidables autorizados para la fabricación de elementos destinados a estar en contacto con alimentos. La lista contempla distintas aleaciones identificadas mediante normas internacionales como AISI, ASTM, UNS y EN.
Qué pasa con el aluminio
Otro de los cambios alcanza al aluminio y sus aleaciones. Los elementos anodizados o protegidos completamente mediante determinados revestimientos pueden utilizarse sin las restricciones que se aplican al aluminio sin protección superficial.
Para el aluminio sin anodizar o sin esos revestimientos, la normativa establece condiciones según el tipo de alimento y el tiempo de contacto.
Por ejemplo, se permite el contacto breve, inferior a 24 horas, a cualquier temperatura. También se contempla el contacto prolongado, superior a 24 horas, cuando el alimento se encuentra refrigerado o congelado, y el almacenamiento a temperatura ambiente cuando se trata de alimentos secos o grasos.
En cambio, estos elementos no son aptos para preparar, cocinar, calentar o almacenar durante períodos prolongados alimentos muy ácidos o muy salados, como jugo de limón, vinagre o alcaparras en conserva.
Los proveedores de artículos de aluminio que no cumplan con las condiciones de protección superficial deben informar a los consumidores sobre los usos permitidos y las restricciones correspondientes.
La normativa también incorpora nuevas posibilidades para determinados aceros inoxidables revestidos y establece disposiciones para otros materiales y tratamientos utilizados en la fabricación de equipamientos alimentarios.
La actualización forma parte de la adecuación del Código Alimentario Argentino a las normas técnicas acordadas en el ámbito del Mercosur y busca mantener un marco regulatorio común para los materiales que están en contacto con alimentos. Las empresas alcanzadas cuentan con los plazos de adecuación establecidos en cada incorporación normativa.