La Justicia autorizó a una mujer a cambiar su apellido por el de su abuela para dejar atrás una historia de violencia y abandono
La Justicia de Río Negro autorizó a una mujer de El Bolsón a reemplazar el apellido de su padre por el de su abuela materna, al considerar que existían "justos motivos" para modificar su identidad registral debido a una historia marcada por el abandono, la violencia y la ausencia de vínculos con su progenitor.
La resolución fue dictada por el Juzgado de Familia de El Bolsón, que entendió que el apellido paterno no representaba la identidad de la solicitante y que el elegido reflejaba los lazos afectivos y familiares con los que verdaderamente se identifica.
En su presentación, la mujer explicó que su padre nunca asumió responsabilidades parentales y que, tras la separación de sus padres, perdió todo contacto con él y con su familia. Además, relató que portar ese apellido le generaba dolor, rechazo e incomodidad, al remitirla constantemente a una historia de violencia y abandono.
Lejos de optar por el apellido de su madre, decidió adoptar el de su abuela materna, al considerar que ese era el linaje con el que construyó su identidad y el sentido de pertenencia que la acompañó durante toda su vida.
La decisión también estuvo respaldada por distintas pruebas incorporadas al expediente. La magistrada destacó que la mujer ya utilizaba el apellido de su abuela en diversos ámbitos de la vida cotidiana, como en su perfil de Facebook y en el nombre de un emprendimiento personal, mucho antes de iniciar el trámite judicial.
A su vez, una pericia psicológica elaborada por el Cuerpo de Investigación Forense concluyó que mantener el apellido paterno le provocaba una importante afectación emocional y que el cambio representaría un alivio al adecuar su identidad legal con la realidad afectiva y familiar con la que se reconoce.
Durante el proceso no hubo oposiciones. Tanto el Ministerio Público Fiscal como el Registro Civil de Río Negro y los organismos que intervinieron coincidieron en que no existían impedimentos para hacer lugar al pedido.
Al fundamentar la sentencia, la jueza recordó que el nombre constituye un atributo esencial de la personalidad y que, aunque la legislación protege su estabilidad, el Código Civil y Comercial contempla excepciones cuando existen motivos fundados.
En este caso, concluyó que la mujer acreditó suficientemente que el apellido paterno carecía de significado en su vida, mientras que el de su abuela representaba la historia familiar, el afecto y la pertenencia con los que construyó su identidad.
La sentencia dispuso eliminar el apellido del progenitor y reemplazarlo oficialmente por el de la abuela materna. Además, ordenó actualizar los datos registrales y comunicar el cambio a las entidades correspondientes una vez que la resolución quede inscripta en el Registro Civil.