2026-08-08

ANMAT prohibió un purificador de agua que se vendía a más de $600.000

ANMAT prohibió en todo el país un potabilizador de agua de Hidrolit por falta de registro sanitario y advirtió sobre un posible riesgo para la salud.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió en todo el país el uso, comercialización, distribución y publicidad de un equipo potabilizador de agua que se ofrecía tanto en la página oficial de la empresa como en plataformas de venta online.

La medida alcanza al “Dispositivo de acondicionamiento de agua, Osmosis inversa, Hidrolit Romi 100”, perteneciente a la firma Agua Pureza Soluciones Hídricas S.R.L., y fue dispuesta a través de la disposición 4932/2026, publicada en el Boletín Oficial.

Según explicó el organismo, el producto no contaba con el registro sanitario correspondiente. Para ANMAT, esa situación impide conocer con certeza los materiales utilizados para su fabricación, además de sus características, funcionalidad y condiciones de seguridad.

Por ese motivo, el organismo consideró que el producto representa un riesgo para la salud de sus potenciales usuarios.

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Qué cuestionó la ANMAT

La normativa vigente establece que las empresas que quieran comercializar dispositivos destinados al acondicionamiento del agua de red domiciliaria deben contar con un registro previo.

Estos equipos tienen como objetivo modificar determinadas características químicas, físicas u organolépticas del agua destinada al consumo humano. En consecuencia, están alcanzados por requisitos sanitarios específicos.

En el caso del Hidrolit Romi 100, ANMAT constató que el equipo no se encontraba registrado ante el organismo y determinó que incumplía las disposiciones aplicables.

El organismo sostuvo que, al tratarse de un producto sin registro sanitario, se desconoce el tipo de materiales con los que fue fabricado, así como sus características y condiciones de seguridad. Sobre esa base, calificó la situación como un riesgo para la salud de los potenciales usuarios.

La prohibición alcanza a todos los lotes del producto y rige tanto para la venta tradicional como para las plataformas de comercio electrónico.

Se vendía por más de $500.000

El equipo se comercializaba a través de la página oficial de Hidrolit y también mediante Mercado Libre.

Al momento de la medida, el precio publicado era de $605.000, con un descuento del 30%.

El producto se ofrecía como un sistema de ósmosis inversa e incluía distintos componentes destinados al tratamiento del agua. Entre ellos figuraban un filtro de polipropileno de 10 micras, un filtro de carbón activado en bloque y una bomba presurizadora.

El conjunto también incluía una canilla para mesada de metal cromado, un tanque hidroneumático de ocho litros y una membrana de ósmosis inversa, entre otros elementos.

La disposición de ANMAT ordenó retirar el producto de los canales de comercialización y prohibió también su publicidad en todo el territorio nacional.

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Qué pasará con la empresa

Además de disponer la prohibición, ANMAT inició un sumario contra la firma, que tiene domicilio legal en La Plata.

La empresa fue notificada de las vías administrativas y judiciales disponibles para cuestionar la decisión. De acuerdo con la disposición, podrá presentar un recurso de reconsideración dentro de los 20 días hábiles administrativos, un recurso de alzada en un plazo de 30 días hábiles administrativos o iniciar una acción judicial dentro de los 180 días hábiles judiciales, según las condiciones previstas por la legislación vigente.

La medida, por lo tanto, se encuentra vinculada a la falta de registro sanitario del equipo y no implica por sí misma que se haya comprobado que el producto haya provocado daños a la salud. El argumento central del organismo es que, al no estar registrado, no cuenta con la evaluación sanitaria requerida para garantizar sus condiciones de fabricación, funcionamiento y seguridad.

Fuente: Información enviada por ANMAT

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