2026-08-13

Denunció años de hostigamiento laboral en un instituto de Zapala y la Justicia ordenó escucharla

La mujer había acusado al director de maltrato psicológico, persecución y violencia de género. La Cámara Provincial de Apelaciones consideró prematuro cerrar el caso sin producir pruebas ni escuchar a las partes.

Una denuncia por presunto hostigamiento y violencia de género en un instituto de formación docente de Zapala deberá continuar su trámite luego de que la Cámara Provincial de Apelaciones revocara la decisión que había desestimado el planteo en primera instancia.

La mujer, que trabaja en la institución, aseguró que durante aproximadamente dos años y medio atravesó situaciones de maltrato psicológico, persecución laboral y conductas que, según su denuncia, estaban vinculadas con una relación desigual de poder frente al director del establecimiento.

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Entre los episodios relatados, mencionó una situación ocurrida dentro del instituto en la que el director la habría seguido desde un laboratorio hasta una galería mientras le gritaba y realizaba ademanes agresivos delante de colegas y estudiantes.

La denunciante también sostuvo que se habrían utilizado mecanismos propios de la estructura jerárquica para cuestionar su desempeño profesional y desacreditarla.

La primera decisión había cerrado la denuncia

El juzgado que recibió inicialmente la presentación consideró que los hechos planteados se encontraban vinculados con un conflicto administrativo y disciplinario, por lo que entendió que debían ser canalizados mediante otras vías.

A partir de ese criterio, la denuncia fue desestimada sin avanzar con las medidas de prueba solicitadas por la mujer.

La trabajadora apeló la resolución y cuestionó principalmente que el expediente hubiera sido cerrado sin tomar declaraciones, convocar a los testigos mencionados ni escuchar a las personas involucradas.

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La Cámara consideró prematuro cerrar el caso

La mayoría de los integrantes de la Cámara Provincial de Apelaciones coincidió con el planteo de la denunciante y consideró que la decisión de primera instancia había sido prematura.

Para los camaristas, frente a los hechos denunciados y al contexto laboral en el que se produjeron, correspondía permitir que el procedimiento avanzara y que se realizaran las medidas mínimas necesarias para determinar qué había ocurrido.

La resolución estableció que la mujer debía tener la posibilidad de producir la prueba que había ofrecido, mientras que la persona denunciada debía contar con la posibilidad de ejercer su derecho de defensa.

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Por ese motivo, la Cámara revocó la decisión anterior y ordenó que las actuaciones regresaran al juzgado de origen para continuar con el trámite correspondiente.

La resolución no determina que los hechos denunciados hayan ocurrido ni establece responsabilidad del director. El punto central de la decisión es que la denuncia no podía ser descartada de manera anticipada sin realizar previamente las medidas previstas por el procedimiento.

Ahora será el juzgado de primera instancia el que deberá continuar con las actuaciones y avanzar en la producción de las pruebas necesarias para determinar las circunstancias denunciadas.

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