Abusos en un club de Viedma: 20 años de prisión por cuatro víctimas
Un hombre que se desempeñaba como cuidador en el Club Sol de Mayo de Viedma fue condenado a 20 años de prisión por abusos sexuales contra cuatro niñas que estaban bajo su cuidado. La pena fue impuesta por el Tribunal de Juicio y coincidió con lo solicitado por la Fiscalía y la Defensoría de Menores.
La declaración de culpabilidad ya había quedado firme a partir de un acuerdo parcial celebrado en abril. En esa instancia se estableció la responsabilidad penal del acusado por distintos hechos de abuso sexual agravado por la guarda, algunos de ellos con acceso carnal. Como las partes no habían acordado la pena, posteriormente se realizó el juicio de cesura, en el que se definió la condena.
Los abusos ocurrieron durante varios años
Según lo establecido durante el proceso, los hechos se extendieron durante distintos períodos entre 2012 y septiembre de 2024. Las víctimas tenían entre 5 y 12 años cuando comenzaron los episodios.
El condenado residía y trabajaba como cuidador en dependencias del Club Sol de Mayo. Las niñas concurrían habitualmente al lugar, principalmente durante los fines de semana, y quedaban bajo su cuidado.
La investigación pudo avanzar, entre otros elementos, a partir de una situación detectada en el ámbito escolar. Una de las niñas atravesó un episodio de angustia luego de participar de un taller de Educación Sexual Integral (ESI) y posteriormente pudo contarles a sus maestras que estaba siendo víctima de tocamientos.
Qué tuvo en cuenta el Tribunal para fijar la pena
Durante el juicio de cesura, la Fiscalía solicitó 20 años de prisión. Para fundamentar el pedido, tuvo en cuenta distintos agravantes previstos en el Código Penal, como la cantidad de víctimas, sus edades, la extensión temporal de los hechos, la relación de confianza y guarda, las amenazas y las consecuencias acreditadas mediante las pericias.
Como circunstancias atenuantes, la fiscalía consideró el reconocimiento de los hechos y la ausencia de antecedentes penales.
La Defensoría de Menores también solicitó una pena de 20 años. Entre los elementos considerados señaló que fueron cuatro las víctimas, todas menores de edad, además de la relación asimétrica de poder y la magnitud del daño acreditado durante la audiencia.
La Defensa Pública, en cambio, pidió el mínimo de la escala penal. Entre los argumentos planteó como atenuantes la historia de vida del condenado, su baja escolaridad, sus condiciones de vulnerabilidad, la ausencia de antecedentes y el reconocimiento de su responsabilidad.
El Tribunal de Juicio estuvo integrado por los jueces Carlos Reussi, Juan Martín Brussino Kain e Ignacio Gandolfi.
En los fundamentos de la sentencia, los magistrados valoraron especialmente la duración de los hechos, la cantidad y edad de las víctimas y el aprovechamiento de la relación de confianza. También señalaron que el condenado ocupaba una posición de guarda y mantenía un vínculo estrecho con las familias.
De acuerdo con el fallo, esa situación colocaba a las niñas en una condición de especial vulnerabilidad frente a una persona que tenía la obligación de protegerlas.
Las pericias incorporadas durante el juicio también fueron consideradas al momento de establecer la pena. Los informes describieron afectaciones en la salud psíquica de las víctimas y cambios en distintos aspectos de su vida cotidiana.
Sobre las consecuencias de los abusos, el Tribunal sostuvo en su sentencia que “la magnitud de las secuelas es palpable”, y utilizó ese elemento como parte de los fundamentos para establecer la condena de 20 años de prisión.