Se lesionó mientras cosechaba cerezas y la ART deberá pagar una indemnización
Una trabajadora sufrió una lesión en la mano derecha mientras realizaba tareas de cosecha de cerezas y la Justicia condenó a la aseguradora de riesgos del trabajo a pagar una indemnización por las secuelas. El accidente ocurrió durante una jornada laboral en Roca, cuando una escalera se cerró de manera repentina y le atrapó dos dedos.
La mujer trabajaba como cosechadora para una empresa bajo una modalidad de temporada. Una mañana, mientras trasladaba una escalera dentro del establecimiento, el mecanismo se cerró inesperadamente y atrapó los dedos anular y medio de su mano derecha.
El dolor provocado por el accidente le impidió continuar con la jornada. La empresa realizó la denuncia correspondiente ante la ART, que reconoció el siniestro y se hizo cargo de la atención médica.
Después de recibir el alta, la trabajadora acudió a la Comisión Médica de Roca. Allí se determinó que las lesiones le habían dejado una incapacidad laboral permanente del 10,19%.
La mujer aceptó ese porcentaje, pero no estuvo de acuerdo con el monto de dinero que la aseguradora le ofreció como reparación. Al no alcanzar un acuerdo durante la instancia administrativa, quedó habilitada para recurrir a la Justicia.
La discusión por el monto de la indemnización
La trabajadora inició entonces una demanda contra Asociart ART. El reclamo no cuestionaba el porcentaje de incapacidad determinado por la Comisión Médica, sino la suma que debía recibir como consecuencia de las secuelas del accidente.
La aseguradora reconoció tanto el accidente como la asistencia médica brindada, pero rechazó el monto reclamado. Argumentó que el cálculo se había realizado tomando como referencia un salario mensual que no correspondía y cuestionó también la actualización aplicada.
El caso fue analizado por el fuero Laboral de Roca, que debió determinar cuál era el ingreso base que correspondía utilizar para calcular la reparación. Uno de los aspectos centrales fue la modalidad de contratación de la trabajadora, ya que se desempeñaba durante la temporada de cosecha.
Para establecer el ingreso base mensual, la Cámara tomó en cuenta los salarios correspondientes al período previo al accidente y los días que efectivamente había trabajado. Sobre esa base aplicó el porcentaje de incapacidad del 10,19% reconocido en la instancia administrativa.
El Tribunal también utilizó las pautas previstas por la Ley de Riesgos del Trabajo y la Ley 26.773, que contempla un adicional sobre la reparación correspondiente por accidentes laborales.
Además, la sentencia tomó como referencia la doctrina establecida por el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro en el precedente “Leiva”, utilizado para determinar los parámetros de cálculo aplicables a este tipo de indemnizaciones.
La condena contra la aseguradora
Luego de revisar los salarios y las características particulares del vínculo laboral, la Cámara hizo lugar a la demanda y determinó que la indemnización debía ser superior a la calculada originalmente en la instancia administrativa.
El fallo condenó a Asociart ART a pagar la suma establecida dentro de los diez días posteriores a la notificación, junto con los intereses correspondientes hasta que se concrete el pago.
La resolución no modificó el porcentaje de incapacidad de la trabajadora, que había sido fijado en el 10,19%, sino que resolvió la discusión vinculada con la determinación del monto indemnizatorio.
La sentencia todavía no está firme y puede ser apelada por las partes.