2026-09-25

El STJ fijó las reglas para los procesos penales de adolescentes en Río Negro

El STJ estableció cómo serán los procesos penales de adolescentes en Río Negro hasta que exista un Código Procesal Penal Juvenil específico.

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) estableció las reglas que deberán aplicarse en los procesos penales que involucren a niñas, niños y adolescentes, hasta que la provincia cuente con un Código Procesal específico en materia Penal Juvenil.

A través de una Acordada, el máximo tribunal provincial dispuso que se utilice el Código Procesal Penal de Río Negro, combinado con los principios y garantías establecidos en la legislación provincial de protección de derechos y en el nuevo Régimen Penal Juvenil nacional.

Entre las principales definiciones, el STJ estableció que los adolescentes involucrados en estos procesos no serán sometidos a juicios por jurados populares.

Por qué el STJ estableció estas reglas

La decisión se tomó después de la entrada en vigencia de la Ley Nacional 27.801, que derogó el anterior Régimen Penal de Minoridad y estableció un nuevo esquema de responsabilidad penal juvenil.

Según recordó el STJ, la legislación nacional establece la punibilidad plena a partir de los 14 años, incorpora distintos tipos de penas, prohíbe la prisión y reclusión perpetua y fija que una pena de prisión no puede superar los 15 años.

Sin embargo, el tribunal aclaró que las normas procesales incluidas en la ley nacional no se aplican directamente en el ámbito provincial, debido a que las provincias conservan la facultad de establecer sus propias reglas de procedimiento.

Como Río Negro todavía no cuenta con un Código Procesal Penal Juvenil específico, el STJ definió un esquema transitorio para evitar un vacío normativo.

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Qué procedimiento se aplicará en Río Negro

Hasta que exista una regulación procesal específica, los procesos deberán tramitarse con el Código Procesal Penal provincial, junto con las garantías previstas en la Ley Provincial D 4109 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y en la Ley Nacional 27.801.

La Acordada establece expresamente que este esquema se aplicará con excepción del juicio por jurados.

El STJ recordó además que la Constitución de Río Negro establece que las personas menores de edad tienen, como mínimo, las mismas garantías procesales que las personas adultas.

La Ley D 4109, por su parte, contempla garantías específicas para niñas, niños y adolescentes que atraviesan un proceso penal.

Qué pasa con los menores de 14 años

La Acordada también establece un criterio específico para quienes no hayan cumplido 14 años al momento del hecho investigado.

En estos casos, y en línea con lo establecido por la legislación nacional, no serán sometidos a proceso penal.

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Esto no significa que el Ministerio Público quede relevado de investigar. La resolución establece que deberá acreditar la existencia del hecho ilícito y, si se determina que es necesaria una intervención del organismo de protección, deberá comunicar la situación a la autoridad correspondiente.

También habrá seguimiento de los programas de protección

El STJ dispuso comunicar la resolución a la SENAF y solicitarle información sobre los programas vigentes y operativos disponibles para cumplir con las obligaciones establecidas por la Ley D 4109.

La información deberá ser comunicada al Foro Penal de Jueces y Juezas de las cuatro Circunscripciones Judiciales de Río Negro.

Además, el tribunal hizo saber al Poder Ejecutivo que las disposiciones de la Ley D 4109 rigen en toda su extensión para el Organismo Técnico Proteccional.

Capacitación obligatoria para jueces y operadores judiciales

La resolución también contempla medidas de capacitación para quienes intervienen en estos procesos.

El STJ encomendó a la Escuela de Capacitación Judicial continuar durante este año con el plan obligatorio sobre Régimen Penal Juvenil destinado a integrantes del fuero Penal y del Tribunal de Impugnación.

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También invitó a la Procuración General a disponer la participación de integrantes del Ministerio Público Fiscal y de la Defensa.

Por último, solicitó al Consejo de la Magistratura que incorpore la temática del Régimen Penal Juvenil en los exámenes destinados a cubrir cargos del fuero Penal.

De esta manera, Río Negro contará con un esquema procesal transitorio para abordar los casos de responsabilidad penal juvenil hasta que la provincia sancione una normativa específica.

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