2026-10-08

Cumple una condena en una comisaría de Junín de los Andes y cuestionan las condiciones de detención

El Tribunal de Impugnación rechazó la prisión domiciliaria de un condenado, pero reconoció que la Comisaría 25 no está habilitada para cumplir una pena.

La Defensa Pública cuestionó las condiciones en las que un hombre cumple una condena desde enero de 2023 en la Comisaría 25 de Junín de los Andes. El Tribunal Provincial de Impugnación rechazó el pedido para que continuara la pena bajo modalidad domiciliaria, aunque durante el proceso quedó reconocido que esa dependencia policial no reúne las condiciones ni está habilitada para funcionar como lugar de cumplimiento de una condena.

La Defensa había solicitado una medida transitoria: que A. B. S. pudiera cumplir la pena en un domicilio, con monitoreo electrónico, prohibición de acercamiento y contacto con la víctima y otras reglas de conducta, hasta que el Estado garantizara un lugar de detención adecuado.

El planteo fue rechazado por unanimidad por el Tribunal de Impugnación, que confirmó las decisiones adoptadas anteriormente.

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Qué encontraron en la comisaría

Durante las distintas audiencias declararon el jefe de la dependencia, una asistente social y un representante del Comité Provincial contra la Tortura. Sus testimonios permitieron describir las condiciones de alojamiento.

La capacidad real de la Comisaría 25 es de tres personas, pero cuando se realizó una de las audiencias había seis alojados. Además, en el mismo espacio conviven personas condenadas, procesadas y contraventoras.

Entre las deficiencias señaladas aparecen humedad en paredes y suelo, falta de luz natural y una única letrina sin inodoro. Las visitas se realizan en un patio sin techo y deben suspenderse cuando las condiciones climáticas no lo permiten.

También existe una disposición interna que impide el ingreso de menores.

“El propio jefe de la dependencia manifestó que los parámetros establecidos por la legislación de ejecución penal no se cumplen en su totalidad”, señaló el funcionario de la Defensa Pública Federico González Vital.

Según explicó, tanto el juez de ejecución como el Tribunal de Revisión habían reconocido que la Comisaría 25 “no es un lugar adecuado ni habilitado para ejecutar una pena”.

El planteo de la Defensa

La Defensa, a cargo de la defensora de Circunscripción María Sol Valero y del funcionario Federico González Vital, sostuvo que el pedido de prisión domiciliaria no estaba basado en los supuestos tradicionales previstos para esa modalidad, como enfermedad, edad avanzada o maternidad.

El argumento central, explicó González Vital, fue la necesidad de evitar que una persona condenada continúe cumpliendo su pena en un lugar que no está habilitado para ese fin y que presenta condiciones consideradas incompatibles con los estándares constitucionales y legales.

El domicilio propuesto había sido constatado como adecuado por una asistente social y el organismo provincial encargado de las tecnologías de la información había certificado la posibilidad de implementar allí el monitoreo electrónico.

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La Defensa también cuestionó que, pese al reconocimiento de las condiciones deficientes, la respuesta estatal se haya limitado al envío de oficios a distintas autoridades, sin que después de más de tres años y ocho meses se haya concretado el traslado a una unidad de detención adecuada.

Para fundamentar su planteo, invocó normas provinciales, nacionales e internacionales sobre las condiciones de detención, entre ellas la Constitución Nacional, la Constitución de Neuquén, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y las Reglas Mandela.

Qué resolvió el Tribunal

El Tribunal Provincial de Impugnación consideró que las decisiones anteriores no fueron arbitrarias ni irrazonables y sostuvo que la prisión domiciliaria debe ajustarse a los supuestos establecidos por la legislación.

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Los jueces reconocieron las deficiencias existentes en cárceles y comisarías, pero señalaron que existen otras herramientas judiciales para abordar esas situaciones. Entre ellas mencionaron las audiencias de ejecución y el hábeas corpus urgente, mecanismos mediante los cuales los jueces pueden establecer plazos para que las condiciones deficientes sean corregidas.

La Defensa dejó planteada la reserva del caso federal y analiza recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia de Neuquén.

“No queremos la impunidad, queremos que cumpla su condena en condiciones dignas”, sostuvo la Defensa al finalizar su planteo.

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