miércoles 22 de julio de 2026
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Ordenan al Municipio y al Epas el saneamiento de los desbordes cloacales en Huilliches

sábado 04 de junio de 2022

La justicia hizo lugar a la medida cautelar presentada por la Defensoría del Pueblo para que se adopten las medidas necesarias para hacer cesar en forma inmediata y definitiva los desbordes cloacales en calles Rufino Ortega, Nogoyá y Salto Grande, del Barrio Huilliches. En ese sentido, el juez Luis Pablo Trani ordenó a la Municipalidad y al Epas realizar la absorción diaria de los líquidos cloacales que se acumulen en la vía pública del sector hasta tanto se garantice el servicio de saneamiento. De igual modo, dispuso que se establezcan rondines de limpieza y desinfección de la vía pública.

El defensor del pueblo, Ricardo Riva, presentó a mediados de mayo la medida judicial tras agotar las vías administrativas y ante la problemática ambiental que padecen los vecinos debido a la dilación de las obras de saneamiento propuestas por las autoridades competentes durante los últimos 11 años.
En la reciente resolución judicial del expediente N° 100695/2022, se deja constancia de las presentaciones de las demandadas tras la medida judicial, en la que ambas eximen sus propias responsabilidades. La municipalidad, por su parte, indicó que la demora en la obra de empalme se debe al colapso del colector sobre calle Belgrano por conexiones clandestinas. Informó asimismo que el 24 de mayo elevó una nota al Epas solicitando autorización y colaboración para efectuar tal conexión, sin recibir respuesta hasta la fecha. Respecto a la absorción de líquidos cloacales, concluyó que el retiro de los líquidos cloacales es una facultad del Epas y que su rol se limita a ejercer el poder de policía en materia de salubridad e higiene y el poder sancionador.
Paralelamente, el Epas argumentó que, si bien es su responsabilidad el mantenimiento y operación de sus redes, los vecinos del Barrio Huiliches no son usuarios del servicio de saneamiento, dado que la obra cloacal ejecutada por la Municipalidad aún no se haya conectada a la red pública del Epas. En el mismo sentido, cuestionó la remoción de los líquidos cloacales en la vía pública y su desinfección ya que sólo es su responsabilidad cuando los derrames se originen en una red operada por el ente. “De lo contrario, correspondería a la Municipalidad ocuparse de los mismos”. Informó además que las redes de saneamiento de la ciudad se hayan saturadas debido al crecimiento demográfico en el área de influencia; deficiencia del sistema pluvioaluvional municipal; conexiones clandestinas de los particulares. Informó además haber “realizado acciones paliativas para mitigar eventuales desbordes, y superar la problemática pero con pocos efectos dado el incontrolable avance poblacional y ausencia de un plan director pluvioaluvional por parte de la Municipalidad”. Respecto a la autorización de la obra de empalme, el Epas indicó que se envió una nota el 29 de mayo para habilitar la conexión.
De los informes del Municipio y del Epas se desprende que existe la afectación al ambiente y a la salud de los vecinos del sector del barrio Huilliches debido a desbordes cloacales, tal como fuera denunciado por la Defensoría del Pueblo. En virtud de ello, el juez obrante en la causa ordenó la absorción diaria de los líquidos cloacales que se acumulen en la vía pública hasta tanto se garantice el servicio de saneamiento.