PASO 2023: las prohibiciones a 6 días de las elecciones

Se trata de una medida dispuesta por la Cámara Nacional Electoral en el Cronograma Electoral de las Elecciones Nacionales 2023 y que debe cumplirse 8 días antes de las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias ( Art. 44, Ley 26.215).
Asimismo, el cronograma electoral continuará el día viernes 11 de agosto, día en que se iniciará la veda electoral y a partir de las 8 am se dará fin a las campañas electorales y a la publicidad electoral, 48 antes de los comicios (Art.31, Ley 26.571).
El día de la elección y hasta tres horas después de finalizado el comicio, el Código Electoral Nacional prohíbe expresamente la realización de espectáculos, fiestas teatrales, deportivas y cualquier reunión pública que no se refieran al acto electoral. Asimismo, se prohíbe tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas, ofrecer o entregar boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación.
A los electoras y electores, se les prohíbe la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos, realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales y de proyección sobre el resultado, así como abrir los locales partidarios ubicados dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación.