domingo 28 de junio de 2026
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Caso del alud en Bariloche

Sobreseimiento del propietario del hotel Villa Huinid tras acuerdo por el trágico alud

El propietario del hotel Villa Huinid fue sobreseído después de un acuerdo alcanzado con los familiares de tres turistas uruguayos que murieron a causa de un alud.
viernes 08 de septiembre de 2023

El sobreseimiento del propietario del hotel Villa Huinid, donde tres turistas uruguayos perdieron la vida debido a un alud, fue dictado en la jornada de hoy. Este fallo se produce tras un acuerdo alcanzado entre los hijos de las víctimas y el abogado del propietario del alojamiento.

La audiencia se llevó a cabo en el marco del legajo penal que investiga la responsabilidad penal de dos personas en el homicidio culposo ocurrido el 6 de junio del año pasado. La defensa solicitó el sobreseimiento tras alcanzar un acuerdo en el fuero civil con los familiares de las víctimas.

Declaraciones durante la audiencia

La abogada del propietario del hotel expuso que, a pesar de haber trabajado en la teoría del caso, se llegó a un acuerdo de reparación integral con los familiares, lo que llevó a solicitar la extinción de la acción penal. La fiscal jefe que llevó adelante la investigación destacó que no fue por falta de pruebas que no se avanzó, sino por el acuerdo alcanzado que evidenció la reparación del daño.

El juez de garantías consultó a los hijos de las víctimas presentes en la audiencia, quienes se manifestaron a favor del acuerdo. El magistrado dictó el sobreseimiento del imputado basado en el artículo 96 inciso 5 y 155 inciso 5 del Código Procesal de la provincia de Río Negro.

Contexto del trágico evento

El alud ocurrió el 6 de junio, provocando la muerte de tres turistas uruguayos por asfixia mecánica y shock hipovolémico tras el colapso de un muro de contención de talud que ingresó al hotel. Las víctimas ocupaban las habitaciones 105 y 107 del primer piso. La acusación fiscal sostenía que el propietario había actuado de manera negligente al continuar con la construcción de una obra que requería una licencia especial y tras haber sido advertido sobre los riesgos asociados.

Marco legal

El artículo 96 del Código Procesal Penal de la provincia estipula que se puede prescindir total o parcialmente del ejercicio de la acción penal en caso de conciliación entre las partes y siempre que no exista un interés público prevalente. En este caso, la naturaleza del delito y la posibilidad de acuerdo llevaron a la extinción de la acción penal.

Situación del arquitecto responsable

El juez adelantó que en una audiencia posterior se abordará la situación del arquitecto responsable de la obra, quien también enfrenta cargos por homicidio culposo en este trágico caso.