domingo 19 de mayo de 2024

Energía

Se definieron las competencias de la Subsecretaría de Combustibles Líquidos y la de Combustibles Gaseosos

Tras la sanción del Decreto 293/2024 que modificó el organigrama del Ministerio de Economía, la Secretaría de Energía definió los objetivos de estas dos áreas relacionadas íntimamente con la actividad de las Estaciones de Servicio.
viernes 12 de abril de 2024

Días atrás, el Gobierno sancionó el Decreto 293/2024 que modificó el organigrama del Ministerio de Economía. La medida, que lleva la firma del presidente Javier Milei y del Jefe de Gabinete de Ministros, Nicolás Posse, establece la necesidad de adecuar el organigrama de aplicación, los objetivos y el ámbito jurisdiccional de actuación de los organismos descentralizados de esa cartera.

Entre otras decisiones, se dispuso las competencias de la Subsecretaría de Combustibles Líquidos y la de Combustibles Gaseosos – ambas relacionadas íntimamente con la actividad de las Estaciones de Servicio – que estarán a cargo de Luis de Ridder y Fernando Solanet, respectivamente.

“El Gobierno quiere el crecimiento del sector de las Estaciones de Servicio”
En lo concerniente al área que conducirá de Ridder, el objetivo será intervenir en la elaboración de políticas sectoriales inherentes al desarrollo y control de las actividades de exploración, producción, almacenamiento, transporte, industrialización, despacho y comercialización de combustibles líquidos, en el marco de una producción racional y sustentable de los recursos, en coordinación con las provincias.

Entre otros puntos, la dependencia deberá:

Elaborar propuestas para la modificación y actualización de normativas técnicas o regulatorias, que promuevan las actividades de la cadena de valor de los combustibles líquidos.
Coordinar, en el ámbito de su competencia, con las áreas correspondientes el otorgamiento de permisos de exploración, concesiones de explotación, y autorizaciones de producción, transporte y expendio de combustibles líquidos.
Ejercer las funciones de control respecto de la seguridad de las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos y otros combustibles líquidos, así como las instalaciones de elaboración, transformación, almacenamiento, despacho, expendio y transporte.
Participar en la instrumentación del Sistema Unificado de Información Energética, como fuente central e integrada de información estadística sobre el sector.
Asistir a la Secretaría en todo lo relacionado con la industria de los hidrocarburos y combustibles líquidos, y en materia de integración energética regional.
Asistir a la Secretaría en la promoción y supervisión de la explotación racional de los recursos hidrocarburíferos y la preservación del ambiente en todas las etapas, de la industria petrolera y otros combustibles líquidos.
Implementar programas y proponer normativa en materia de especificaciones de combustibles líquidos y biocombustibles, refinación y comercialización de petróleo crudo y derivados, y realizar la caracterización técnica pertinente.
Registrar y controlar a las empresas elaboradoras y comercializadoras de combustibles líquidos.
Por su parte, la Subsecretaría de Combustibles Gaseosos tendrá entre sus funciones:

Intervenir en la elaboración de políticas sectoriales inherentes al desarrollo de las actividades de exploración, producción, almacenamiento, transporte, industrialización, despacho y comercialización de gas natural, gas licuado de petróleo (GLP), gas natural licuado (GNL) y demás combustibles gaseosos, en el marco de una producción racional y sustentable de los recursos, en coordinación con las provincias.

Elaborar propuestas para la modificación y actualización de normativas técnicas o regulatorias, que promuevan las actividades de la cadena de valor de los distintos combustibles gaseosos.
Coordinar con las áreas correspondientes, el otorgamiento de permisos de exploración, concesiones de explotación, autorizaciones de producción, transporte y expendio de combustibles gaseosos, en el ámbito de su competencia.

Implementar los controles necesarios para resguardar la seguridad pública y la seguridad energética, en el ámbito de su competencia.

Participar en la instrumentación del Sistema Unificado de Información Energética, como fuente central e integrada de información estadística sobre el sector.

Implementar programas y proponer normativa en materia de especificaciones de combustibles y biocombustibles gaseosos, y realizar la caracterización técnica pertinente.

Registrar y controlar a las empresas elaboradoras y comercializadoras de combustibles gaseosos.

Asistir a la Secretaría en el ejercicio de sus atribuciones de Autoridad de Aplicación del marco regulatorio del gas y del régimen jurídico de los hidrocarburos y otros combustibles gaseosos -cualquiera sea su origen- e intervenir en las acciones de control y fiscalización de las diversas actividades involucradas.

Intervenir en la formulación de la política tarifaria en los servicios públicos de transporte y distribución de gas natural.

Asistir a la Secretaría en la coordinación de las relaciones con el ENARGAS.
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