jueves 23 de abril de 2026
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Un juez de garantías declaró inconstitucional el artículo que fija plazos para causas penales

El juez Lucas Yancarelli anuló el artículo 87 del Código Procesal Penal que limitaba a tres años la duración máxima de procesos penales.
viernes 16 de mayo de 2025

El juez de garantías Lucas Yancarelli declaró inconstitucional el artículo 87 del Código Procesal Penal de Neuquén, que establecía un plazo máximo de tres años para la duración de los procedimientos penales. La medida se tomó en el marco de una causa por robo en poblado y en banda ocurrida en 2020 en Rincón de los Sauces.

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Consideración de casos particulares en la justicia

Yancarelli sostuvo que si bien comprende la intención legislativa de fijar un plazo para agilizar los procesos, "no todos los casos son iguales". Señaló que aplicar un plazo fijo sin contemplar situaciones particulares genera un problema de justicia y equidad. Según el magistrado, existen circunstancias imponderables durante un proceso que deben ser consideradas para justificar extensiones más allá del límite establecido.

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Detalles del caso y resolución judicial

En febrero de 2025, M.A.M. fue condenado a tres años y ocho meses de prisión efectiva. Ese mismo mes se solicitó la prórroga del plazo fijado en el artículo 87, pero la solicitud fue objeto de recursos que llegaron hasta el Tribunal Superior de Justicia. Este último decidió retrotraer las actuaciones a un momento posterior a la condena.

Durante una audiencia realizada el 15 de mayo, el juez Yancarelli remarcó que el vencimiento del plazo sin una resolución favorable representaría un "agravio irreparable". Por ello, rechazó la solicitud de sobreseimiento y declaró vigente la acción penal. La defensa confirmó la apelación a la condena y reservó impugnación contra la decisión del juez.

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