sábado 13 de junio de 2026
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Legislatura

Neuquén reglamentó el uso de armas no letales para la Policía: qué dice el decreto

El Ejecutivo provincial publicó este viernes la reglamentación que habilita el uso de dispositivos menos letales por parte de la Policía. Están contempladas en la Ley 3474 y podrán utilizarse en situaciones específicas.
viernes 06 de junio de 2025

El Gobierno de la provincia del Neuquén oficializó este viernes 6 de junio, a través del Decreto 0631/25, la reglamentación del uso de armas no letales por parte de la Policía provincial. La medida fue publicada en el Boletín Oficial y se enmarca en la Ley 3474, que prevé su utilización como herramientas de prevención y contención ante situaciones de riesgo.

El nuevo marco normativo habilita la compra, capacitación y despliegue de armas no letales, siempre que cumplan con ciertos estándares nacionales y que su uso esté debidamente justificado.

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¿Qué son las armas menos letales?

Se trata de dispositivos diseñados para inmovilizar, disuadir o neutralizar amenazas sin provocar daños letales. Incluyen herramientas como pistolas Taser, escopetas con munición de goma y aerosoles químicos, entre otras, utilizadas ya por otras fuerzas de seguridad en el país.

Requisitos y capacitación obligatoria

La reglamentación establece que solo podrán usarse armas homologadas por autoridades nacionales o aquellas ya incorporadas por otras fuerzas. Para poder utilizarlas, los efectivos deberán aprobar una capacitación específica sobre:

  • Uso legítimo de la fuerza.
  • Normas y principios de derechos humanos.
  • Funcionamiento y efectos de estos dispositivos.

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Además, la Policía deberá llevar un registro detallado del personal capacitado, incluyendo nombres de instructores, fechas de formación y actualizaciones.

Uso documentado y con monitoreo

Uno de los ejes centrales del decreto es la documentación y control del uso de estos dispositivos. Cada intervención deberá registrarse mediante grabación audiovisual, en cumplimiento de protocolos provinciales y nacionales, con el objetivo de mejorar las capacitaciones y revisar procedimientos.

También se contempla un sistema de monitoreo permanente para hacer un seguimiento del impacto y correcto uso del equipamiento.

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Cuándo está permitido su uso

La normativa establece que las armas no letales podrán utilizarse solo en casos puntuales, como:

  • Detener o inmovilizar a una persona que represente un peligro inminente.
  • Proteger la vida o integridad física del agente o de terceros.
  • Impedir la comisión de un delito en curso.

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Antes de accionar el dispositivo, el agente deberá identificarse a viva voz, salvo que eso ponga en riesgo su vida o la de otros.

Prohibiciones y restricciones

El decreto incluye una serie de restricciones claras:

  • Está prohibida la modificación del arma para aumentar su poder ofensivo.
  • No pueden ser usadas de forma indiscriminada, ni contra personas vulnerables: niños, embarazadas, adultos mayores o personas con discapacidad.
  • No pueden ser transferidas a particulares ni utilizadas por agentes no autorizados.