Importaciones
Se podrán importar cosméticos y productos higiénicos para uso comercial sin autorización de la ANMAT
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) ha modificado los requisitos para la importación de una serie de productos para uso comercial, eliminando la necesidad de una autorización previa. Aquí están los puntos clave de la nueva medida.
¿Cuál es el principal cambio?
La ANMAT ya no requerirá una solicitud de autorización previa para la importación de productos como cosméticos, artículos de higiene personal y del hogar, y ciertos productos médicos descartables.
El objetivo es agilizar los trámites aduaneros y enfocar los esfuerzos del organismo en el control de los productos una vez que ya están en el mercado (vigilancia post-comercialización).
¿Cómo será el nuevo procedimiento?
Los importadores deberán presentar un aviso de nacionalización en carácter de declaración jurada ante la ANMAT dentro de las 48 horas posteriores al ingreso de los productos al país.
Productos Afectados por la Medida
La disposición aplica a una amplia gama de productos, entre ellos:
Cosméticos y perfumes.
Productos de higiene oral.
Productos de uso doméstico (domisanitarios).
Pañales y otros productos higiénicos descartables.
Copas menstruales.
Muestras destinadas a ensayos de laboratorio.
¿Cuándo entra en vigencia?
La nueva normativa comenzará a regir 30 días después de su publicación en el Boletín Oficial.
Antecedente y Contexto
Esta medida sigue a una disposición de mayo que ya había eliminado la necesidad de autorización de la ANMAT para el ingreso de estos productos cuando eran importados por particulares para uso personal.
Según declaraciones oficiales, el propósito de estos cambios es promover la libertad de elección del consumidor y simplificar la gestión estatal.