Prohíben a La Nueva Seguros emitir nuevas pólizas por graves fallas financieras
Buenos Aires.- La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) prohibió a La Nueva Cooperativa de Seguros Limitada celebrar nuevos contratos de seguro, tras detectar graves irregularidades financieras, contables y administrativas. La medida también impide a la empresa realizar actos de administración sobre sus bienes e interacciones contractuales con reaseguradores.
La decisión fue adoptada luego de una serie de inspecciones en las que se detectaron reservas técnicas subestimadas, falta de documentación clave y una deuda millonaria. Según la SSN, el balance presentado por la compañía al 31 de marzo de 2025 evidenció una crisis de liquidez y desorden en sus pagos. Además, la firma notificó un embargo bancario por más de 300 millones de pesos, lo que generó una ola de reclamos de otros acreedores.
Ante este panorama, el organismo resolvió primero una inhibición general de bienes el 19 de mayo, que luego ratificó el 28 del mismo mes. En simultáneo, una revisión in situ reveló la negativa de la aseguradora a entregar libros contables, planillas de siniestros, detalles de juicios en curso y otros elementos básicos para evaluar su solvencia.
El informe técnico advirtió sobre pasivos judiciales impagos, diferencias en la contabilidad de juicios, deudas fiscales sin comprobantes y una subestimación del 93% en las reservas que exige la normativa. Según los cálculos, la firma debía incrementar sus pasivos en más de 4.470 millones de pesos para alcanzar el mínimo reglamentario.
Frente a la falta de información fiable, la SSN encuadró el caso dentro del artículo 86 de la Ley 20.091, que habilita a aplicar medidas preventivas para proteger a los asegurados. La resolución fue avalada por las gerencias de Inspección, Evaluación y Jurídica del organismo, y ya fue publicada en el Boletín Oficial.
La situación de La Nueva no es un hecho aislado. A comienzos de 2025, Orbis Seguros también se retiró del mercado. En ambos casos, la SSN activó mecanismos de control que incluyen la suspensión de pólizas y la intervención regulatoria, en un contexto de mayor rigor por parte del ente fiscalizador.
La resolución puede ser apelada por la empresa a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD), según lo establece la ley vigente. Mientras tanto, el futuro de la firma permanece incierto y bajo la supervisión del organismo regulador.