viernes 10 de abril de 2026
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Un juez privó de la responsabilidad parental a un padre por pedido de su hija adolescente y su madre

El juez de Familia de San Martín de los Andes hizo lugar a una acción presentada por una mujer y su hija adolescente y ordenó la privación de la responsabilidad parental del progenitor. Además, dispuso suprimir su apellido del acta de nacimiento y reemplazarlo por el de la madre.
miércoles 22 de octubre de 2025

El juez de Familia de San Martín de los Andes, Luciano Zani, resolvió privar de la responsabilidad parental a un hombre tras una acción presentada por su expareja y su hija adolescente. En la misma sentencia, dispuso la rectificación del acta de nacimiento y la sustitución del apellido paterno por el materno, a pedido expreso de la joven.

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En su fallo, el magistrado subrayó que la decisión se enmarca en una visión moderna de la responsabilidad parental, la cual —según explicó— “ha ido evolucionando en nuestra legislación y hoy es claro que el énfasis no debe recaer en la autoridad de los padres, sino en su responsabilidad”. Agregó que los derechos y deberes parentales derivan del bienestar del niño y del interés superior del menor, principio rector de toda intervención judicial en materia familiar.

Durante la audiencia, la adolescente manifestó que no desea mantener vínculos con su padre biológico, a quien no recuerda, y que dejó de ver cuando era muy pequeña. “No quiero tener el apellido, no me representa”, expresó, y aclaró que considera a la actual pareja de su madre como su verdadero referente paterno. También rechazó la sugerencia de iniciar un proceso de revinculación con el progenitor.

La madre, por su parte, relató que desde la separación —cuando su hija tenía un año— el hombre no asumió responsabilidades afectivas ni económicas, a pesar de existir un acuerdo homologado judicialmente por el cual debía abonar el 25% de sus ingresos en concepto de alimentos, obligación que nunca cumplió.

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Zani destacó en su resolución que la medida se basa en el interés superior de la adolescente, por encima de cualquier otro interés de los adultos involucrados:

“Lo que aquí se decida ha de estar determinado por lo que constituya el interés superior de N. y no por los intereses personales y particulares de sus padres”, sostuvo.

Finalmente, el juez concluyó que la supresión del apellido paterno y su reemplazo por el materno refleja la identidad afectiva y familiar que la joven ha construido, bajo el cuidado de su madre y su entorno familiar:

“Entiendo que ello es lo que más respeta y refleja la identidad que está construyendo al cuidado de su madre, la pareja de ésta y su familia materna”, cerró Zani.