lunes 23 de febrero de 2026
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Condenan a un complejo turístico de San Martín de los Andes por irregularidades laborales

Un complejo de cabañas y apart hotel de San Martín de los Andes fue condenado a pagar una importante indemnización a una trabajadora que se desempeñaba como mucama. La Justicia comprobó que la relación laboral estaba mal registrada, con irregularidades en la fecha de ingreso, la jornada y la modalidad de contratación.
jueves 06 de noviembre de 2025

El titular del Juzgado Civil, Comercial, Laboral y de Minería de la IV Circunscripción, Luciano Zani, resolvió condenar a un complejo turístico de San Martín de los Andes a indemnizar a una empleada por múltiples irregularidades en su vínculo laboral.

En su fallo, el magistrado sostuvo que la mujer —que se desempeñaba como mucama— no estaba correctamente registrada y que existieron inconsistencias en la fecha de inicio de la relación, la extensión de la jornada laboral y la modalidad de contratación.

Zani valoró especialmente los testimonios de los compañeros de trabajo, los cuales “son claros y no dejan margen a la duda”, en contraposición con los testigos presentados por los empleadores, a quienes describió como “amigos del mismo rubro” que declararon sobre “suposiciones o situaciones generales”.

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El juez estableció que la relación laboral comenzó en enero de 2015, y no en julio de 2018 como habían declarado los propietarios del complejo. Además, determinó que la mujer trabajaba todo el año, incluso en temporada baja, sin registración formal.

En cuanto a la carga horaria, el fallo concluyó que la trabajadora cumplía jornadas mucho mayores a las cuatro horas diarias que figuraban en los registros oficiales. Según los testimonios, existían dos planillas horarias: una con los datos formales y otra con los horarios reales.

La relación laboral se mantuvo hasta mayo de 2024, cuando la empleada intimó a sus empleadores a regularizar su situación. Ante la negativa, se consideró despedida.

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En su sentencia, Zani afirmó que “es indudable la deficiente registración y, por tanto, la existencia de diferencias salariales”, y agregó que resultaba imposible “obligar a la actora a seguir consintiendo las graves irregularidades sostenidas por su empleador”.

El fallo, que ya fue apelado por la parte demandada, ratifica la importancia de la correcta registración laboral y el respeto a las condiciones establecidas por la ley para evitar sanciones económicas severas.