Tras una agresión sexual, autorizaron a dos adolescentes a suprimir el apellido paterno
La Justicia de Familia de Cipolletti autorizó a dos adolescentes de 12 años a suprimir el apellido paterno y mantener únicamente el apellido materno, luego de considerar acreditado que su uso afectaba su bienestar emocional y su derecho a una identidad libre de violencia.
El pedido fue impulsado por la madre de las jóvenes, quien acompañó una solicitud que las adolescentes venían expresando desde hacía tiempo. Según consta en el expediente, la incomodidad con el apellido paterno comenzó durante la escuela primaria y se profundizó con los años, cada vez que el nombre aparecía en listados escolares o era mencionado en público.
El caso tiene como antecedente central una condena penal contra el padre por una agresión sexual agravada por el vínculo y la convivencia, cometida dentro del ámbito familiar. A raíz de ese hecho, el Poder Judicial lo privó de la responsabilidad parental. La víctima fue una hija mayor que integraba el grupo familiar.
En el análisis del contexto, el juzgado sostuvo que la conducta del progenitor resultó incompatible con los deberes de protección y cuidado propios de la responsabilidad parental, y expuso a las niñas a una situación de riesgo para su salud psíquica y emocional.
Con el paso del tiempo, fueron las propias adolescentes quienes insistieron en avanzar con el trámite. En la demanda se explicó que el apellido paterno se había transformado en un recordatorio permanente de la agresión sexual y del abandono, dejando de cumplir una función neutral en la construcción de su identidad. También se destacó que la madre asumió en soledad el cuidado y la protección de sus hijas.
Durante el proceso intervinieron la Defensora de Menores, el Ministerio Público Fiscal y el Registro Civil y Capacidad de las Personas. Además, un equipo técnico interdisciplinario elaboró informes psicológicos y sociales, y las instituciones educativas aportaron evaluaciones que dieron cuenta del malestar de las adolescentes vinculado al apellido paterno.
En diciembre del año pasado se realizó la audiencia de escucha, en la que las jóvenes explicaron de manera directa los motivos por los cuales no deseaban continuar usando el apellido de su padre. Los informes incorporados al expediente coincidieron en que el nombre se asociaba a una historia de violencia sexual y generaba un impacto negativo en su esfera emocional.
Al dictar sentencia, el tribunal encuadró el caso en las disposiciones del Código Civil y Comercial que habilitan la modificación del apellido cuando existen justos motivos. Con base en los antecedentes penales, los informes técnicos y la voluntad expresa de las adolescentes, la Justicia consideró probado que el uso del apellido paterno afectaba su personalidad.
La resolución hizo lugar al pedido y ordenó la supresión del apellido paterno de ambas jóvenes, disponiendo además las comunicaciones necesarias para su inscripción registral una vez que el fallo quede firme.