Contrató un plan por redes para comprar un 0 km y nunca se lo entregaron: la Justicia ordenó darle el auto
Lo que comenzó como una publicidad atractiva en redes sociales terminó en un conflicto judicial. Una joven que se inscribió en un plan de ahorro para adquirir una Fiat Strada 0 kilómetro nunca recibió el vehículo prometido y llevó el caso a la Justicia.
El fuero Civil de Roca hizo lugar a la demanda por daños y perjuicios y ordenó a la concesionaria y a la firma administradora del plan la entrega de un vehículo igual o similar al contratado, además del pago de una indemnización.
Promesas incumplidas
Según consta en la causa, la mujer completó un formulario web tras ver una publicidad del llamado “Plan Nacional”. Luego recibió llamadas y mensajes donde le aseguraron que la camioneta sería entregada en la cuota número cuatro y que, tras la adjudicación, las cuotas serían fijas.
Confiada en la información brindada, abonó la suscripción y las primeras cuotas. Incluso vendió su auto usado para afrontar los gastos. Sin embargo, la entrega nunca se concretó y los valores de las cuotas tampoco se mantuvieron fijos como le habían prometido.
La situación la dejó sin movilidad para realizar su trabajo en zonas de chacras.
Firmas falsificadas y falta de información
Durante el proceso judicial, la joven descubrió que en el contrato figuraban firmas falsificadas que aceptaban condiciones que ella nunca había visto, como seguros de vida obligatorios y plazos de entrega más extensos.
Un perito informático analizó los archivos y conversaciones aportadas como prueba y confirmó la autenticidad de los intercambios digitales entre la clienta y la empresa.
La jueza consideró acreditado que tanto la concesionaria como la administradora del plan incumplieron el deber de informar de manera clara y comprensible, además de no garantizar un trato digno, tal como exige la Ley de Defensa del Consumidor.
Responsabilidad solidaria
En la sentencia se remarcó la desigualdad existente entre una consumidora que busca su primer vehículo y grandes empresas automotrices, y se destacó que las compañías no pueden desligarse con excusas administrativas.
El fallo sostiene que ambas firmas actúan de manera conjunta en el mercado y son responsables frente al cliente.
La resolución es de primera instancia y aún puede ser apelada.