martes 24 de febrero de 2026
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ANMAT prohibió un jabón líquido para la ropa

El organismo sanitario ordenó sacar del mercado un jabón líquido importado, prohibió el uso de equipos médicos y dio de baja a una firma farmacéutica. Las medidas fueron publicadas en el Boletín Oficial tras detectar incumplimientos regulatorios.
viernes 13 de febrero de 2026

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición de un detergente importado, el retiro inmediato de bombas de infusión y la baja de un establecimiento farmacéutico, luego de constatar distintas irregularidades en controles sanitarios.

Las decisiones fueron oficializadas mediante las disposiciones 259/2026, 492/2026 y 499/2026, publicadas este viernes en el Boletín Oficial, donde se detallan incumplimientos vinculados con habilitaciones, rotulado y trazabilidad de productos.

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Prohibición del detergente Tide por falta de rotulado en español

En relación con el producto domisanitario, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió la comercialización y uso en todo el país del detergente “Tide ORIGINAL”, luego de comprobar que el envase carecía de rotulado en idioma nacional y no consignaba el número de registro obligatorio.

La actuación comenzó tras una denuncia que alertaba sobre la venta del producto en un supermercado de Pilar, provincia de Buenos Aires. El envase presentaba leyendas exclusivamente en inglés y no contaba con sobrerotulado en castellano, requisito indispensable para su comercialización.

El organismo ordenó el retiro de todos los lotes detectados e inició un sumario sanitario contra GLAM DISTRIBUCIONES S.R.L. y su directora técnica, Marcela Ester Falguera, por incumplimientos en materia de etiquetado y por no conservar contramuestras, exigencia clave para garantizar la trazabilidad.

La firma, registrada como importadora y exportadora de artículos de uso doméstico, reconoció su responsabilidad tras analizar una muestra del lote cuestionado. Según consta en la disposición, no disponía de contramuestras, lo que motivó la profundización de las medidas.

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Retiro y prohibición de bombas de infusión por riesgo sanitario

En otra resolución, la ANMAT prohibió el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de determinadas bombas de infusión tras la denuncia de extravío presentada por ICU Medical Argentina S.R.L.

La medida alcanza a unidades de los modelos Plum A+TM y Plum360TM, equipos clasificados como riesgo III y utilizados para la administración de infusiones parenterales, enterales y epidurales. En el caso del modelo Plum360TM, también se emplea para transfusiones de sangre y hemoderivados.

El organismo fundamentó la decisión en la necesidad de resguardar la seguridad de pacientes y eventuales compradores, ya que se desconoce el estado y las condiciones en las que se encuentran los dispositivos extraviados.

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Baja de Idefarma como establecimiento habilitado

Por último, la autoridad sanitaria dispuso la baja de IDEFARMA S.R.L. como establecimiento habilitado para el acondicionamiento de especialidades medicinales en una planta ubicada en Adrogué, provincia de Buenos Aires.

La decisión se adoptó tras verificar la falta de actividad desde su habilitación, con la conformidad del Instituto Nacional de Medicamentos (INAME). La empresa estaba autorizada a realizar acondicionamiento primario y secundario de medicamentos sólidos no estériles.

De acuerdo con la Ley 16.463, toda actividad vinculada a la producción, fraccionamiento y comercialización de medicamentos requiere autorización expresa y control permanente de la autoridad sanitaria. El objetivo es garantizar estándares de calidad y proteger la salud pública.

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