lunes 23 de febrero de 2026
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ARCA: cuántos dólares se pueden depositar en el banco sin tener problemas

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero puede requerir información cuando los depósitos superan ciertos montos o no se puede justificar el origen de los fondos. Qué analiza el sistema financiero y desde qué cifras se activan los reportes.
martes 17 de febrero de 2026

Depositar dólares en una cuenta bancaria no está prohibido, pero puede generar controles de ARCA si el monto supera determinados umbrales o si existen inconsistencias sobre el origen del dinero.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) monitorea los movimientos financieros relevantes para prevenir evasión, lavado de dinero y operaciones cambiarias irregulares. Por eso, antes de realizar un depósito en moneda extranjera, es clave conocer qué parámetros analiza el sistema.

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Qué analiza ARCA al momento de depositar dólares

El punto central es que las divisas tengan origen legal, declarado y trazable. Entre los fondos aceptados se encuentran:

  • Dólares comprados en el mercado oficial
  • Operaciones realizadas vía dólar MEP
  • Venta de activos financieros
  • Fondos provenientes del mercado cripto, siempre que puedan documentarse

En todos estos casos, las operaciones quedan registradas en el sistema financiero y pueden respaldarse con comprobantes.

La situación cambia cuando una persona nunca adquirió dólares por canales formales. Aunque tenga ingresos declarados en pesos, si no puede demostrar cómo obtuvo la moneda extranjera, ARCA puede presumir que proviene del mercado informal, lo que queda alcanzado por la Ley Penal Cambiaria.

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Recomendación clave: depositar únicamente dólares obtenidos por vías legales o exteriorizados mediante blanqueos vigentes o anteriores.

Desde qué montos ARCA puede pedir información en 2026

Si bien los límites están expresados en pesos, los bancos convierten los depósitos en dólares al tipo de cambio oficial para verificar si se superan los topes informativos.

Montos vigentes:

Transferencias o acreditaciones

  • $50.000.000 (personas físicas)
  • $30.000.000 (personas jurídicas)

Extracciones en efectivo

  • $10.000.000 (personas físicas y jurídicas)

Saldos bancarios al cierre del mes

  • $50.000.000 (personas físicas)
  • $30.000.000 (personas jurídicas)

Plazos fijos

  • $100.000.000 (personas físicas)
  • $30.000.000 (personas jurídicas)

Billeteras virtuales

  • $50.000.000 (personas físicas)
  • $30.000.000 (personas jurídicas)

Tenencias en sociedades de bolsa

  • $100.000.000 (personas físicas)
  • $30.000.000 (personas jurídicas)

Compras como consumidor final

  • Hasta $10.000.000

 Superar estos montos no implica una infracción automática, pero sí habilita a ARCA a solicitar información adicional.

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Sanciones previstas por la Ley Penal Cambiaria

Entre las conductas sancionadas se encuentran:

  • Operar en el mercado cambiario sin entidades autorizadas
  • Realizar operaciones sin habilitación
  • Brindar información falsa o incompleta
  • Incumplir condiciones de monto, moneda o plazos

Penalidades:

  • Primera infracción: multa de hasta 10 veces el monto
  • Primera reincidencia: 1 a 4 años de prisión o multa
  • Segunda reincidencia: 1 a 8 años de prisión y multa

En la práctica, no son frecuentes las condenas de prisión por simples depósitos, pero el marco legal sigue plenamente vigente.

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