martes 24 de febrero de 2026
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Responsabilizan a un conductor por atropellar a un peatón y causarle lesiones graves

El fuero civil determinó que el automovilista no respetó la prioridad de paso en una esquina céntrica de Bariloche. El peatón sufrió una fractura compleja de rodilla, fue operado y quedó con una incapacidad permanente del 32%. La indemnización supera los 199 millones de pesos.
martes 24 de febrero de 2026

Un conductor fue declarado responsable por un siniestro vial ocurrido en pleno centro de San Carlos de Bariloche, donde un peatón fue atropellado mientras cruzaba por la senda peatonal y sufrió lesiones de extrema gravedad que derivaron en una larga recuperación y secuelas permanentes.

El hecho ocurrió en la intersección de las calles San Martín y Pagano, cuando un hombre avanzaba por la senda peatonal y fue embestido por un vehículo que giraba desde una calle lateral para incorporarse a la avenida. El impacto lo arrojó violentamente al asfalto.

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Lesiones graves y secuelas permanentes

Como consecuencia del choque, la víctima sufrió una fractura de platillo tibial en la rodilla izquierda y una rotura ligamentaria, lesiones que requirieron una intervención quirúrgica con colocación de material de osteosíntesis, internación hospitalaria y un prolongado proceso de rehabilitación.

La historia clínica y la pericia médica incorporadas al expediente confirmaron que el hombre presenta una incapacidad parcial y permanente del 32%, producto de las secuelas funcionales que dejó el accidente.

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La defensa del conductor fue rechazada

En la demanda por daños y perjuicios, el conductor reconoció la existencia del hecho, pero intentó deslindar su responsabilidad al sostener que el peatón habría cruzado de manera imprudente. Sin embargo, el juez descartó esa versión tras analizar la prueba producida.

Los testigos no presenciaron el instante exacto del impacto, la pericia mecánica no respaldó la hipótesis defensiva y las actuaciones penales acreditaron que el peatón cruzaba correctamente por la senda peatonal al momento del siniestro.

Responsabilidad objetiva y condena

El fallo encuadró el caso dentro del régimen de responsabilidad objetiva que rige en materia de tránsito, que establece que quien conduce un vehículo debe responder por los daños que cause, salvo que pruebe que la víctima fue la única responsable o que existió una causa ajena que rompa el nexo causal, extremos que no fueron demostrados.

En consecuencia, la sentencia atribuyó la responsabilidad total al conductor y extendió la condena al titular registral del vehículo y a la compañía aseguradora.

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Indemnización millonaria

El tribunal fijó una indemnización de 199 millones de pesos en concepto de incapacidad sobreviniente, daño moral y gastos médicos. El rubro por daño psicológico fue rechazado, ya que no se acreditó incapacidad en ese aspecto.

Para cuantificar la compensación por la incapacidad permanente, el juez aplicó la fórmula establecida por el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro, tomando como referencia los ingresos acreditados al momento de dictar la sentencia.

La resolución es de primera instancia y no se encuentra firme, ya que puede ser apelada por las partes.