La Defensora del Pueblo rechazó el aumento del 45,9% que pidió Edersa en la tarifa eléctrica
La Defensora del Pueblo, Adriana Santagati, expresó un rotundo rechazo a la pretensión de aumento tarifario presentada por Edersa durante la sexta audiencia pública por la revisión de tarifas del servicio eléctrico.
Cuestionamientos al aumento del 45,9%
Durante su exposición, Santagati afirmó que el incremento del 45,9% en la tarifa media general solicitado por la empresa no presenta una correlación suficiente con la eficiencia en la prestación del servicio ni con la evolución de los ingresos de los usuarios. Según explicó, el impacto final variaría según el cargo fijo, el cargo variable y la categoría tarifaria, especialmente en los segmentos T1R1 y T1R2.
Enfoque en equidad y derechos de los usuarios
La Defensoría del Pueblo fundamentó su postura en criterios de razonabilidad económica, equidad tarifaria y asignación de riesgos, en línea con lo establecido por el artículo 42 de la Constitución Nacional, que protege los derechos económicos de los consumidores y usuarios de servicios públicos.
Señales de ineficiencia y traslado de riesgos
Tras un análisis detallado de la propuesta de la distribuidora, el organismo concluyó que el planteo de Edersa traslada riesgos propios del negocio a los usuarios sin justificación objetiva, y evidencia ineficiencias operativas, reflejadas en pérdidas crecientes y costos estructurales sin control adecuado.
Críticas al esquema propuesto por la distribuidora
Santagati advirtió que, mediante medidas como la desenergización del VAD, el aumento del peso de la red adaptada sobre el modelo MEI, la anualización de la declaración de potencia y la automatización de cortes con medidores prepagos, la empresa busca asegurar previsibilidad de ingresos desligando su rentabilidad de la eficiencia real del servicio.
Según sostuvo, este esquema deja a los usuarios en una situación de desprotección de derechos.
Conclusión: rechazo al pedido de ingresos
La Defensora remarcó que la propuesta no demuestra de manera suficiente que el mayor ingreso solicitado sea estrictamente necesario para garantizar un servicio eficiente y de calidad.
Por ese motivo, la Defensoría del Pueblo se pronunció formalmente por el rechazo del requerimiento de ingresos presentado por la distribuidora eléctrica en los términos planteados.