lunes 2 de marzo de 2026
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ARCA aclaró que las transferencias personales no afectan la recategorización del monotributo

El organismo explicó que solo se consideran los ingresos por la actividad declarada, excluyendo regalos, préstamos o movimientos de cuentas propias. Los contribuyentes tienen 15 días para presentar descargos antes de un cambio de categoría de oficio.
lunes 02 de marzo de 2026

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) recordó que la recategorización del monotributo es un trámite semestral obligatorio que debe reflejar únicamente la facturación real del contribuyente. En ese sentido, los movimientos de dinero de carácter personal, como regalos, préstamos entre amigos o transferencias entre cuentas propias, no serán considerados para determinar un cambio de categoría.

El organismo subrayó que el foco de control está en la diferencia entre los cobros electrónicos recibidos y el total de las facturas emitidas. En caso de detectar inconsistencias, se enviará una notificación formal y el contribuyente contará con un plazo de 15 días hábiles para presentar pruebas y justificar sus ingresos antes de que se realice una recategorización de oficio o se aplique una sanción.

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Con la digitalización de la economía y el uso creciente de billeteras virtuales y transferencias bancarias, ARCA busca diferenciar los ingresos legítimos por actividad comercial del flujo de fondos personales, evitando que los contribuyentes sean penalizados por operaciones que no representan ventas o prestación de servicios.

El procedimiento de recategorización semestral se mantiene vigente: si el contribuyente no ajusta su categoría de forma voluntaria, ARCA podrá realizar la actualización de oficio usando únicamente la información fiscal disponible en sus registros, siempre excluyendo los movimientos de dinero de carácter personal.