Actualización normativa en la provincia
Proponen reformar el Código Contravencional para adaptarlo al sistema acusatorio
El juez del Tribunal de Impugnación del Poder Judicial, Andrés Repetto, presentó un proyecto de reforma del Código Contravencional de la provincia con el objetivo de adecuarlo al sistema acusatorio vigente.
La iniciativa plantea la necesidad de compatibilizar la normativa actual con el modelo adversarial establecido por el Código Procesal Penal, al considerar que el régimen contravencional en vigencia presenta limitaciones prácticas y contradicciones con principios establecidos en la Constitución Nacional Argentina y en tratados internacionales.
En ese marco, el proyecto propone consolidar un sistema que separe claramente las funciones de investigación y acusación, garantizando la transparencia del proceso y el derecho de defensa.
Uno de los puntos centrales es que para que exista una falta debe verificarse una acción u omisión dolosa o culposa, aunque solo serán punibles las conductas dolosas. Además, establece que la tentativa no será sancionable, salvo que exista planificación previa comprobable.
El nuevo articulado incorpora una serie de conductas consideradas faltas, entre ellas peleas y agresiones en la vía pública, amenazas, hostigamiento, acoso sexual y exhibición de armas. También incluye agresiones contra trabajadores de la educación, la salud, personal policial o del Poder Judicial.
En materia ambiental y de convivencia, se tipifican infracciones como el depósito indebido de residuos, el maltrato animal y la tenencia irresponsable de animales peligrosos. Asimismo, se sancionan conductas como obstaculizar accesos a espacios públicos, la venta de alcohol a menores o a personas en evidente estado de ebriedad, y actos de discriminación.
El proyecto también incorpora nuevas figuras vinculadas al ámbito digital, como la difusión no autorizada de imágenes íntimas —con multas de hasta 60 IUS o arresto de hasta 15 días—, el hostigamiento digital y la suplantación de identidad en entornos virtuales.
En cuanto a las sanciones, se contemplan desde amonestaciones, reparación del daño y trabajo comunitario, hasta multas, prohibiciones de acceso, tratamientos obligatorios y arrestos domiciliarios o en establecimientos especiales por hasta 30 días. Se aclara que en ningún caso estas detenciones podrán cumplirse en espacios destinados a personas condenadas por delitos penales.
Finalmente, el proyecto elimina figuras consideradas obsoletas y deja de penalizar conductas privadas que no generen daño a terceros, incorporando en cambio problemáticas actuales como disturbios en espectáculos, conducción bajo efectos del alcohol, picadas ilegales, abandono de animales y contaminación ambiental.