martes 9 de junio de 2026
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Tras más de 40 años de posesión, dos hermanos lograron obtener la titularidad completa de un inmueble

La Justicia de Bariloche hizo lugar a una acción de usucapión presentada por dos hermanos que no podían escriturar una parte del terreno debido a la pérdida de documentación que acreditaba una antigua cesión de derechos.
martes 09 de junio de 2026

Dos hermanos de Bariloche lograron completar la titularidad de un inmueble luego de que el fuero Civil reconociera que ejercían la posesión de una parte del terreno desde fines de la década de 1970.

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El caso se originó porque, aunque gran parte de la situación dominial había podido regularizarse con documentación, existía una fracción del inmueble cuya cesión de derechos no podía acreditarse debido al extravío del instrumento correspondiente. Esa situación impedía completar la escritura de la totalidad del terreno.

Ante ese escenario, los ocupantes recurrieron a una acción de usucapión, el mecanismo legal que permite adquirir la propiedad de un inmueble cuando se demuestra una posesión pública, pacífica, continua e ininterrumpida durante más de 20 años.

Durante el proceso judicial debieron intervenir distintos herederos y sucesores vinculados a antiguos titulares registrales. Algunos aceptaron el planteo sin objeciones, mientras que otros no se presentaron en el expediente.

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Para resolver el caso, el tribunal analizó diversa documentación que acreditaba el vínculo de la familia con el inmueble desde hace décadas. Entre las pruebas se incorporaron constancias de pago de impuestos y tasas municipales desde fines de los años setenta, documentación relacionada con la propiedad, testimonios de vecinos y una inspección ocular realizada en el lugar.

La Justicia también verificó la existencia de construcciones y mejoras en el predio, elementos considerados compatibles con una ocupación prolongada y con el ejercicio de actos propios de quien se comporta como dueño.

Otro aspecto valorado por el tribunal fue que los demandantes ya figuraban como propietarios registrales de una porción mayoritaria del terreno, lo que otorgaba coherencia a su reclamo sobre la parte restante.

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Además, durante el trámite no surgieron pruebas de ocupaciones rivales ni hechos que hubieran interrumpido el plazo legal requerido para la prescripción adquisitiva.

Con esos elementos, el fuero Civil concluyó que la posesión había quedado acreditada desde al menos 1978 y que se encontraban cumplidos todos los requisitos legales para adquirir el dominio por usucapión.

En consecuencia, la sentencia hizo lugar a la demanda y reconoció a los hermanos la titularidad de la porción del inmueble que aún permanecía registrada a nombre de antiguos propietarios.

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