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La Corte frenó la derogación de la Ley de Tierras: qué límites vuelven a regir y qué falta resolver

La Corte Suprema suspendió provisoriamente el artículo 154 del DNU 70/2023. Vuelven los límites a la compra de tierras rurales por extranjeros.
viernes 09 de octubre de 2026

La Corte Suprema de Justicia de la Nación suspendió provisoriamente el artículo 154 del DNU 70/2023 que derogaba la Ley de Tierras Rurales y restableció los límites a la propiedad extranjera sobre campos en Argentina. La medida cautelar interina fue dictada mientras continúa el proceso judicial que debe determinar si corresponde declarar la inconstitucionalidad de esa disposición.

La resolución alcanza a la Ley 26.737, que establece restricciones a la adquisición de tierras rurales por personas físicas y jurídicas extranjeras. Entre sus principales disposiciones, fija un límite del 15% para la titularidad extranjera sobre el total de tierras rurales a nivel nacional, provincial y departamental, además de condiciones específicas para determinadas zonas.

La decisión no resuelve de manera definitiva la controversia sobre el DNU firmado por el presidente Javier Milei en diciembre de 2023. La suspensión tendrá carácter provisorio hasta que el juzgado competente analice la legitimación de los demandantes y el pedido de protección cautelar.

Qué resolvió la Corte Suprema

El máximo tribunal hizo lugar a un planteo presentado por la asociación civil Árbol de Pie, comunidades indígenas y la exsenadora nacional María Magdalena Odarda, basado en argumentos vinculados con la protección ambiental y los derechos de los pueblos originarios.

Los demandantes cuestionaron la derogación de la Ley de Tierras mediante un decreto y solicitaron que se declarara la inconstitucionalidad y nulidad del artículo 154 del DNU 70/2023.

La Corte dispuso que la suspensión se mantenga hasta que el juez competente se pronuncie sobre la legitimación de los actores y examine la solicitud de una medida cautelar. También ordenó devolver el expediente al Juzgado Federal de San Carlos de Bariloche para que continúe con el trámite.

Entre los fundamentos, el tribunal consideró que la falta de una respuesta oportuna de los juzgados inferiores podía poner en riesgo la protección judicial ante un posible daño ambiental.

El juez Carlos Rosenkrantz votó en disidencia. Su postura fue que la Corte no tenía competencia para dictar la cautelar en esa instancia.

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Qué límites vuelven a regir para la compra de tierras

Con la suspensión provisoria, vuelve a aplicarse el régimen de la Ley 26.737, que busca limitar la concentración de tierras rurales en manos extranjeras.

La norma establece un tope general del 15% de titularidad extranjera sobre las tierras rurales del país, así como límites equivalentes en cada provincia y departamento. También contempla restricciones para evitar que determinados territorios queden bajo control extranjero por encima de los porcentajes permitidos.

La ley incluye disposiciones específicas relacionadas con tierras ubicadas en zonas de seguridad de frontera y áreas vinculadas con recursos naturales estratégicos.

La cautelar no supone que todas las operaciones de compra realizadas por extranjeros queden automáticamente anuladas. Su efecto inmediato es suspender provisoriamente la derogación y restablecer la aplicación de las restricciones legales mientras se tramita la causa.

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Por qué se cuestionó el DNU de Milei

La demanda sostiene que eliminar la Ley de Tierras por decreto compromete garantías reconocidas en la Constitución Nacional, en particular el derecho a un ambiente sano y el deber de preservar los recursos naturales.

Los actores también argumentaron que la derogación podía afectar el patrimonio natural y cultural y la diversidad biológica, además de los derechos de las comunidades indígenas.

El expediente había pasado por distintas instancias judiciales antes de llegar a la Corte Suprema. El tribunal consideró que las particularidades del reclamo, entre ellas los argumentos ambientales y vinculados con los pueblos originarios, debían ser analizadas en el proceso correspondiente.

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La discusión de fondo sigue abierta

La decisión de la Corte no implica un pronunciamiento definitivo sobre la constitucionalidad del artículo 154 del DNU 70/2023. El tribunal dispuso una protección provisoria mientras la Justicia analiza los planteos y determina si corresponde mantenerla.

El expediente continuará en el Juzgado Federal de San Carlos de Bariloche, que deberá evaluar la legitimación de quienes impulsaron la demanda y el pedido cautelar.

De esta manera, la Ley de Tierras vuelve a regir mientras se desarrolla el proceso judicial, en una discusión que combina el alcance de las facultades del Poder Ejecutivo, la protección ambiental y las reglas sobre la propiedad rural en Argentina.

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