Acuerdan pena efectiva por homicidio y lesiones
Neuquén - Mediante un acuerdo impulsado por el Ministerio Público Fiscal, Matías Alexander Salgado fue condenado a ocho años de prisión por haber asesinado a Antonio Ezequiel Medina y provocarle lesiones a otra persona, en la localidad de San Patricio del Chañar.
Al momento de solicitar la pena, el fiscal del caso explicó que como atenuantes tuvo en cuenta: la edad del imputado, la carencia de antecedentes condenatorios, la asunción de la responsabilidad en los hechos y que fue el imputado quien dio noticia del hecho a la policía y se entregó.
Luego de un cuarto intermedio, un tribunal colegiado integrado por tres jueces, homologó el acuerdo presentado por las partes en todos sus términos.
En una audiencia realizada el 18 de octubre pasado y también por acuerdo Salgado reconoció su participación en los hechos y fue declarado responsable por el delito de homicidio simple, en concurso real con lesiones graves culposas, todo en calidad de autor (artículos 45; 94 bis primer párrafo en función del artículo 39 inciso “b”; y 48 incisos “a” y “c” puntos 1 y 2, e inciso “f” de la Ley 24.449; 55 y 79 del Código Penal).
Reseña
De acuerdo a la teoría del caso del Ministerio Público Fiscal, uno de los hechos ocurrió el 1 de mayo de 2021, cerca de las 10 de la mañana, en una vivienda ubicada en el complejo “El Chocón” de la localidad de San Patricio del Chañar.
El otro hecho por el que Medina fue condenado, ocurrió el 21 de diciembre de 2019 a las 16:15, en la Ruta provincial N° 7, cerca de San Patricio del Chañar. Salgado manejaba un automóvil y por imprudencia, invadió el carril contrario y chocó contra otro vehículo en el que se trasladaba una mujer que resultó lesionada de gravedad.