Carne: el 1° de noviembre será el fin de la media res
Pese a algunos cuestionamientos que surgieron desde la cadena cárnica, el Gobierno ratificó que el 1° de noviembre vence el plazo para la comercialización de las medias reses bovinas, que deberán ser reemplazadas por el sistema de troceo, cuyos pesos individuales no superen los 32 kilos.
“La medida busca promover condiciones de trabajo saludables para los trabajadores de la industria de la carne, que se ocupan de su descarga. Se trabaja en conjunto con el Senasa para el control y cumplimiento de la normativa”, informó la Secretaría de Agricultura, a través de la Dirección Nacional de Control Comercial Agropecuario (DNCCA).
Asimismo, desde el Gobierno señalaron que el cumplimiento de la normativa “es de carácter obligatorio para todos los establecimientos faenadores de tránsito federal, provincial y municipal ubicados dentro del territorio nacional, sin excepciones”.
Desde la cartera agropecuaria además destacaron “el importante número de establecimientos identificados, que ya se encuentran comercializando sus productos (medias reses en trozos)”.
Asimismo, precisaron que solamente podrán trasladarse medias reses de establecimientos faenadores a plantas habilitadas oficialmente como despostadero, fábricas de chacinados, de carnes y productos conservados y/o depósitos frigoríficos prestadores de frío. Todos estos establecimientos además deben estar inscriptos en el Registro Único de la Cadena Agroalimentaria (RUCA) y contar con la correspondiente habilitación sanitaria y comercial.
Asimismo, la DNCCA informó que continuará con los programas de fiscalización a los operadores de la cadena cárnica. “Estas actividades comprenderán inspecciones a plantas y depósitos, así como controles en los transportes durante las descargas de carne, para verificar el correcto troceado y transporte junto con la identificación de cada uno de los trozos producto del fraccionamiento de la media res, en cumplimiento con la Resolución SAGPyA 400/2001″.
A su vez, advirtieron que, a partir de la fecha indicada, todos aquellos establecimientos y operadores que no cumplan con la normativa vigente serán objeto de sanciones, las cuales pueden incluir multas, clausuras y/o suspensiones de matrícula en el RUCA, entre otras cosas. En este marco, destacaron el rol que tendrá el Senasa en las tareas conjuntas para el control y cumplimiento de la normativa.
Por último, desde Agricultura recordaron que el Ministerio del Trabajo, Empleo y Seguridad Social, en 2003 reconoció los trastornos de salud relacionados con el trabajo y aprobó especificaciones técnicas sobre ergonomía y levantamiento manual de cargas.
“Posteriormente, se dictaron normas específicas para la industria de la carne en el 2020, cuya implementación no ha avanzado en la medida deseada, por lo cual la cartera agropecuaria nacional participó reforzando las acciones mediante la mencionada Resolución Conjunta 4/2021 y la Resolución Conjunta 10/2021″, concluyó el comunicado oficial.