2022-11-04

Riva reclamó la presencia de guardias ambientales en la Península Hiroki

El defensor del pueblo Ricardo Riva instó al intendente Mariano Gaido a reglamentar la Ordenanza 14049, de modo de efectivizar el cuidado y la protección ambiental de las áreas protegidas de la ciudad. El pedido del defensor se funda en lo normado en la mencionada Ordenanza, sancionada en el año 2020 cuya falta de cumplimiento atenta contra la protección de estos espacios que hoy visita más frecuentemente la ciudadanía. Paralelamente, y en el marco de la acción judicial vigente, el juez de la causa hizo lugar a la petición de la Defensoría del Pueblo e intimó al municipio a estimar el plazo de reglamentación de la norma y a arbitrar los medios para resguardar la seguridad en el lugar.
El defensor del pueblo de la Ciudad de Neuquén, Ricardo Riva, emitió la Resolución 183/2022 mediante la que instó al intendente municipal, Mariano Gaido a instruir con carácter de urgente la reglamentación de la Ordenanza 14049, de modo de efectivizar el cuidado y protección ambiental de los ecosistemas que albergan las áreas protegidas de la ciudad. En la misma norma, Riva requirió al subsecretario de Medio Ambiente y Protección Ciudadana, Francisco Baggio, a efectuar la reglamentación de la mencionada norma en su carácter de autoridad de aplicación, de modo de evitar una actitud administrativa regresiva y lesiva de las áreas protegidas tras dos años de sanción de la legislación municipal.
El objetivo de la Ordenanza 14049/2020 contempla la creación de un cuerpo de personas que cumplan el rol de guardias ambientales de las áreas protegidas de la ciudad. Hasta el momento, y a pesar la convocatoria pública realizada en septiembre de 2020 por el municipio, no se conoce la implementación de tales guardias.
Entre los considerandos de la Resolución N° 183/2022 emitida por el defensor del pueblo en el día de ayer, Riva resaltó la omisión crónica para avanzar en la efectiva protección de las áreas en cuestión, tras dos años de sancionada la norma. Explicó que esta actitud y la evasión permanente a unidades de participación ciudadana y planes de manejo ambiental conjuntos ponen en riesgo el uso racional de los recursos y la preservación del patrimonio natural y cultural, establecidos en la Carta Orgánica. En ese sentido, reclamó la responsabilidad que le cabe al municipio en el ejercicio del poder de policía ambiental que asegure un ambiente sano y equilibrado.
Por otro lado, Riva elevó el reclamo en el marco de la acción judicial vigente que se tramita en el Juzgado Civil N° 3. El juez Belli recordó que en la audiencia del 1 de diciembre de 2021 “el municipio y la Fiscalía de Estado, se comprometieron a gestionar el contacto con la Policía de la Provincia del Neuquén y a formular un plan para mejorar la seguridad del lugar.” En ese marco, el municipio se comprometió a asegurar la presencia de guardias ambientales en la Penísula Hiroki. A pesar del tiempo transcurrido, el municipio informó en el marco del expediente N° 100610/2021 que aún no se encuentra reglamentada la Ordenanza N° 1409. Por ello, el juez intimó a la Municipalidad de Neuquén a indicar el plazo para la reglamentación de la Ordenanza. Hasta tanto se efectivice la reglamentación de la norma, la justicia le ordenó que arbitre los mecanismos necesarios para resguardar la seguridad del lugar.

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