Nuevas fechas para anticipos fiscales
AFIP fija fechas para anticipos de Ganancias
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha publicado la Resolución General Nº 5592/2024, que determina el cálculo de los anticipos del impuesto a las ganancias para el período fiscal 2024. Esta normativa afecta a las personas humanas y sucesiones indivisas.
En esta nueva disposición, se informa que el ingreso del primer anticipo no habilitará el débito automático ni el pago telefónico mediante tarjetas de crédito, así como tampoco la opción de débito en cuenta a través de cajeros automáticos. La fecha límite para la presentación de la declaración jurada se ha establecido para mayo de 2025.
Las fechas de vencimiento para los anticipos son las siguientes:
Primer anticipo - Miércoles 13
- Terminación de CUIT 0-1-2-3: 13/11/2024
- Terminación de CUIT 4-5-6: 14/11/2024
- Terminación de CUIT 7-8-9: 15/11/2024
Segundo anticipo - Viernes 13
- Terminación de CUIT 0-1-2-3: 13/12/2024
- Terminación de CUIT 4-5-6: 16/12/2024
- Terminación de CUIT 7-8-9: 17/12/2024
Tercer anticipo - Jueves 13
- Terminación de CUIT 0-1-2-3: 13/02/2025
- Terminación de CUIT 4-5-6: 14/02/2025
- Terminación de CUIT 7-8-9: 17/02/2025
Cuarto anticipo - Jueves 13
- Terminación de CUIT 0-1-2-3: 13/03/2025
- Terminación de CUIT 4-5-6: 14/03/2025
- Terminación de CUIT 7-8-9: 17/03/2025
Quinto anticipo - Lunes 14
- Terminación de CUIT 0-1-2-3: 14/04/2025
- Terminación de CUIT 4-5-6: 15/04/2025
- Terminación de CUIT 7-8-9: 16/04/2025
¿Quiénes deben abonarlos?
Están obligadas a realizar estos pagos todas las personas humanas y sucesiones indivisas inscriptas en el impuesto, quienes deben determinar y abonar los cinco anticipos correspondientes.
¿Qué son los anticipos?
Los anticipos son pagos anticipados de un impuesto que el contribuyente debe cumplir. Estos pagos se descuentan del monto total que se declare en la correspondiente declaración jurada.
¿Cómo se ingresan los anticipos?
El pago de los anticipos debe realizarse a través de la Billetera Electrónica AFIP o mediante el Volante Electrónico de Pago (VEP). Los contribuyentes deben acceder al servicio utilizando la clave fiscal "Presentación de DDJJ y Pagos" y los siguientes códigos para la consolidación:
- Impuesto: 011 - Ganancias Personas Físicas
- Concepto: 191 - Anticipos
- Subconcepto: 191 - Anticipos
Con estas nuevas disposiciones, la AFIP busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes en el próximo período fiscal.